La Justicia de Santa Cruz le había dado 5 años de cárcel por homicidio culposo agravado, pero el Tribunal Superior cambió la figura y le aumentó la pena.
El Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz elevó la pena de 5 a 8 años de prisión para un ex inspector de tránsito de Río Gallegos que chocó y mató cuando iba al volante de una camioneta municipal.
En primera instancia, la condena había sido por considerarlo responsable de causar la muerte de otro conductor al manejar a alta velocidad y de manera imprudente una camioneta municipal por las calles de la capital provincial.
Pero ahora, al revisar la decisión del tribunal inicial a pedido de la querella y la fiscalía, el máximo tribunal provincial dejó de considerar lo sucedido como un accidente y cambió la figura del delito.
En concreto, en su decisión del martes 20 de mayo de 2026, el STJ revocó ese primer fallo y condenó a Jorge Vera, que está detenido desde el día del accidente, por el delito de homicidio simple con dolo eventual en concurso ideal con lesiones graves.
La defensa respondió de inmediato: el abogado Jesús María Amoroso confirmó este jueves 22 de mayo de 2026 a Radio LU12 que presentará un recurso extraordinario federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la última instancia disponible luego de agotarse la vía provincial.
Qué implica el cambio de figura delictiva
En octubre de 2024, la Cámara Oral de Río Gallegos había condenado a Vera a cinco años por homicidio imprudente agravado.
El fallo fue dividido: dos de los tres jueces rechazaron el dolo, mientras que un tercer voto fue por esa figura más grave.
Ante esto, la querella y la fiscalía recurrieron esa decisión ante el Tribunal Superior. Y el máximo tribunal provincial les dio la razón.
Encuadró la conducta de Vera como homicidio simple con dolo eventual, una figura que reconoce que el conductor no buscó matar, pero era consciente del riesgo mortal que asumía y aun así continuó.
Esa diferencia respecto al homicidio culposo (sin intención) se traduce en penas de ocho a 25 años de cárcel, frente a un máximo de cinco en la figura imprudente que había definido inicialmente el tribunal oral.
Además de la prisión, el nuevo fallo dispuso once años de inhabilitación absoluta y diez años de inhabilitación especial para conducir vehículos.
La sentencia fue firmada por la presidenta del tribunal, Reneé Fernández, y los vocales Paula Ludueña, Fernando Basanta y Romina Saúl. Alicia Mercau también participó de la deliberación.
Como fue el accidente del 5 de marzo de 2023
La madrugada del 5 de marzo de 2023, Vera conducía una Ford Ranger oficial de la Dirección de Tránsito Municipal de Río Gallegos a más de 90 kilómetros por hora por las calles de la ciudad.
Cruzó semáforos en rojo y embistió el Volkswagen Gacel en que viajaban Rodrigo "Cokito" Oyarzo, mecánico de 30 años, y su pareja.
Oyarzo murió en el acto. La acompañante sufrió lesiones graves.
La acusación sostuvo durante el juicio oral que el exinspector no actuó por imprudencia sino que era plenamente consciente del riesgo que generaba su conducta: alta velocidad, semáforos ignorados, zona urbana de madrugada al volante de un vehículo oficial.
El tribunal superior ahora estuvo de acuerdo con esa lectura.
¿Homicidio o negligencia?: la queja de la defensa
El abogado defensor cuestionó de fondo el cambio de calificación.
En sus declaraciones radiales argumentó que la decisión "convierte una negligencia vial en un homicidio simple" y que ello "atenta contra el principio de legalidad".
A su criterio, el caso debía mantenerse encuadrado en el artículo 84 bis del Código Penal, correspondiente al homicidio culposo agravado en hechos de tránsito.
"Esto llegó a casación con una pena de cinco años por un delito culposo y ahora se convirtió en una pena de ocho años por un delito de homicidio simple", se quejó.
Amoroso además comparó el caso con otros expedientes vinculados a accidentes viales en Santa Cruz en los que, según afirmó, se mantuvieron condenas por homicidio culposo ante situaciones que describió como "más graves" que las de su representado.
Su estrategia ante la Corte Suprema buscará revertir la recalificación legal aplicada por el TSJ.
Para la querella, el fallo "sienta bases"
Los abogados querellantes Matías Solano y Karen Cader, en cambio, celebraron el fallo y destacaron su proyección institucional.
Cader señaló que el eje de la decisión de los jueces supremos fue "la aplicación del dolo eventual" y que la resolución "sienta bases" para futuras investigaciones y juicios.
Solano subrayó que el fallo se suma a otros antecedentes registrados en el país tras las reformas al Código Penal en materia de delitos viales.
Santa Cruz tiene de hecho un antecedente reciente con una resolución similar de la Justicia.
En mayo de 2025, un tribunal de Río Gallegos condenó a un conductor a 12 años de prisión por homicidio simple —y no culposo— por el atropellamiento y muerte de la adolescente Brianna Matulich, ocurrido el 31 de diciembre de 2023.
En ese caso, el conductor se había dado a la fuga y fue detenido horas después por la policía.
Esa sentencia fue descrita en su momento como un fallo "sin precedentes" en Santa Cruz.
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