El Ejecutivo tomó una decisión sobre el Día de la Revolución de Mayo. En detalle, los trabajadores que son afectados por la medida.
Con el inicio de un nuevo año, una de las costumbres de los trabajadores es investigar cuáles serán los feriados y días no laborables en los siguientes 365 días. En esta ocasión, el Día de la Revolución de Mayo cae domingo y nace la incógnita: ¿Es finde largo por el feriado del 25 de mayo? Esto resolvió el gobierno.
¿Qué determinó el gobierno sobre el 25 de mayo?
El Día de la Revolución de Mayo, efeméride celebrada en conmemoración de la Revolución de Mayo de 1810, se celebra todos los 25 de mayo y entra dentro del grupo de la categoría de "feriados inamovibles".
Al caer un día domingo, el gobierno tiene la posibilidad de pasar al lunes y crear un fin de semana largo, al igual que se hizo en los últimos años con este tipo de fechas.
Sin embargo, el Ejecutivo decidió respetar la categoría del feriado y no trasladarlo de día, tal como lo indica la Ley 27.399 con estas efemérides.
De esta manera, los únicos trabajadores que podrán no ir a trabajar el 25 de mayo son quienes desempeñen su tarea los domingos, sin excepción alguna.
¿Cuáles son los feriados inamovibles?
El artículo 1° de la Ley 27.399 indica: "Establécense como días feriados nacionales y días no laborables en todo el territorio de la Nación los siguientes":
- 1° de enero: Año Nuevo.
- Lunes y Martes de Carnaval.
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
- Viernes Santo.
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
- 1° de mayo: Día del Trabajo.
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
- 9 de julio: Día de la Independencia.
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
- 25 de diciembre: Navidad.
También establece que los siguientes días serán "feriados no trasladables":
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
El único que se ubica dentro de la categoría de "día no laborable" es el Jueves Santo. Siguiendo esa línea, la ley también determina que son días no laborables para todos los "habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión judía": los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días.
En cambio, para los "habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica": el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).
Todos los feriados nacionales y días no laborales en Argentina en 2025
- 1° de enero: Año Nuevo
- 3 de marzo: Carnaval
- 4 de marzo: Carnaval
- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
- 12 de abril: Pesaj
- 13 de abril: Pesaj
- 14 de abril: Pesaj
- 1° de mayo: Día del Trabajador
- 2 de mayo: Feriado con fines turísticos decretado por el Gobierno
- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (Se traslada al 16)
- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano
- 9 de julio: Día de la Independencia
- 15 de agosto: Feriado con fines turísticos decretado por el Gobierno
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín
- 22 de septiembre: Rosh Hashana (Año Nuevo Judío)
- 23 de septiembre: Rosh Hashana (Año Nuevo Judío)
- 24 de septiembre: Rosh Hashana (Año Nuevo Judío)
- 1° de octubre: Iom Kipur (Día del Perdón judío)
- 2 de octubre: Iom Kipur (Día del Perdón judío)
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (Se traslada al 21)
- 21 de noviembre: Feriado con fines turísticos decretado por el Gobierno
- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
- 25 de diciembre: Navidad
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