Nuevo finde largo: a qué fecha se traslada el feriado del Día de la Soberanía
Ya está confirmada la decisión que tomó el Gobierno Nacional respecto de uno de los últimos feriados del año.
Ya transitando el anteúltimo mes del 2025, muchos trabajadores comienzan a ver la posibilidad de tener un día de descanso extra. El próximo feriado nacional en Argentina es el Día de la Soberanía, fecha que según confirmó el Gobierno será trasladada y habrá un nuevo fin de semana largo.
Según quedó establecido en el calendario nacional, noviembre presenta una combinación de feriados y días no laborables que marcarán el cierre del año, con un fin de semana extra largo de cuatro días.
¿Qué pasará con el feriado del Día de la Soberanía?
El próximo feriado nacional será trasladado por decisión del gobierno, y estará acompañado además por un día no laborable con fines turísticos.
El feriado por el Día de la Soberanía Nacional que originalmente es el 20 de noviembre, se trasladará al lunes 24. Además, el viernes 21 fue designado como día no laborable con fines turísticos, conformando un fin de semana largo de cuatro días, del viernes al lunes.
Según se estableció, el día viernes 21 de noviembre se estableció como no laborable con fines turísticos. El Gobierno tiene la potestad de designar hasta tres ocasiones, a lo largo del año, un feriado o día no laborable con fines turísticos. Este año se decidió que este quedará a discreción de cada empleador para determinar si sus trabajadores deben asistir a su puesto de trabajo el viernes 21 o no. El de noviembre es el último de 2025.
La diferencia entre feriado y día no laborable
Para comprender el alcance de cada fecha, es fundamental distinguir entre feriado nacional y día no laborable, según la Ley de Contrato de Trabajo (ley 20.744). El artículo 181 establece que los feriados nacionales se rigen bajo las mismas normas que el descanso dominical: si un empleado trabaja en un feriado, percibe el doble de su salario habitual por esa jornada.
En cambio, el artículo 182 indica que los días no laborables son optativos para el empleador; si se presta servicios, el pago es el ordinario, sin recargo. Esta diferencia legal impacta directamente en la organización de empresas y la planificación financiera de los trabajadores.
Qué se recuerda el Día de la Soberanía Nacional
El feriado corresponde al 20 de noviembre, cuando se celebra el Día de la Soberanía Nacional.
La jornada recuerda la batalla de la Vuelta de Obligado, cuando el ejército anglo-francés intentó realizar una invasión del territorio de la Confederación Argentina gobernada por Juan Manuel de Rosas. En aquel momento, el ejército a cargo de Lucio Mansilla, que tenía apoyo desde el exterior de José de San Martín, realizó una resistencia exitosa y logró defender las costas del río Paraná.
El Día de la Soberanía Nacional se conmemora para recordar el triunfo en la Batalla de la Vuelta de Obligado
A pesar de las condiciones adversas y la inferioridad numérica, luego de una lucha de siete horas se pudo defender el territorio y evitar que las fuerzas enemigas tomaran el control del río. Para el triunfo bélico, fue clave la estrategia de adelantarse por un estrecho: la Vuelta de Obligado.
Cuáles son los feriados que quedan en el 2025
En los últimos meses del año, estos son los feriados restantes:
-Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
-Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre por ser un feriado trasladable).
-Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María, feriado inamovible.
-Jueves 25 de diciembre: Navidad, también inamovible.
¿Cómo se debe pagar un feriado nacional trabajado?
Por tratarse de un feriado, en Argentina rigen las normas del descanso dominical, lo que significa que el descanso es obligatorio para los trabajadores, así lo establece la ley 20.744, conocida como Ley de Contrato de Trabajo, en su artículo 181.
Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada.
Finalmente, la decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.
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