Padrón electoral 2025: ¿dónde votás en Buenos Aires el 7 de septiembre?
De forma simple, online y gratuita, se puede saber el lugar de votación para las elecciones legislativas 2025. Quiénes están obligados y qué pasa si me ausento.
El domingo 7 de septiembre, los bonaerenses irán a las urnas para votar en las elecciones legislativas de la Provincia de Buenos Aires. Quienes se encuentran habilitados, ya pueden consultar el lugar de votación de forma online y gratuita. Para hacerlo, solo es necesario ingresar a una web y colocar el Documento Nacional de Identidad (DNI).
A diferencia de oportunidades anteriores, el Gobierno local encabezado por Axel Kicillof decidió que este año no habrá Primarias (PASO). Además, estableció desdoblar las elecciones provinciales de las nacionales, que tendrán lugar el 26 de octubre.
Cómo consultar el padrón para las elecciones legislativas en la Provincia
Como en cada elección, se recomienda consultar el padrón definitivo con anticipación, ya que los centros de votación suelen cambiar de un comicio a otro. Particularmente, en estas legislativas bonaerenses se reportaron modificaciones bruscas en algunos distritos como La Matanza.
Elecciones 2025: para saber dónde voto, hay que seguir los siguientes pasos
- Ingresar a padron.gba.gob.ar, el sitio web oficial de la Junta Electoral Bonaerense.
- Escribir el número de Documento Nacional de Identidad (DNI)
- Seleccionar el sexo tal como figura en el documento.
- Completar el código de verificación.
- Hacer clic en el botón “Consultar”
Si todos los datos son correctos, la web mostrará el nombre del elector, el distrito al que pertenece, la escuela en la que deberá votar, la dirección del establecimiento, el número de mesa y el número de orden.
Para poder sufragar se necesita ser mayor de 16 años al momento de la votación, llevar el último DNI y figurar en el padrón electoral. Es obligatorio para quienes tengan entre 18 y 70 años de edad.
Qué se vota en la provincia de Buenos Aires
Las elecciones en el territorio bonaerense son de carácter legislativo. Es decir, los ciudadanos habilitados votarán para renovar representantes en el Parlamento provincial. En total, se elegirán 23 senadores titulares y 15 suplentes, y 48 diputados titulares y 28 suplentes.
Además, en distintos municipios también se elegirán concejales y consejeros escolares, según el cronograma local.
Por su tamaño y complejidad, la provincia de Buenos Aires está dividida en ocho secciones electorales. En estas elecciones, cada una renueva la totalidad de sus representantes en una de las dos cámaras. En cuatro se elegirán senadores (Primera, Cuarta, Quinta y Séptima) y en las otras cuatro, diputados (Segunda, Tercera, Sexta y Octava/Capital).
Quiénes deben ir a votar y qué pasa si no lo hacen
De acuerdo a la legislación vigente, todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años tendrán la obligación de votar, tanto en las elecciones nacionales como en las provinciales.
En la provincia de Buenos Aires, la ley electoral precisa que están habilitados para votar “los argentinos nativos y por opción desde los dieciséis (16) años de edad y los naturalizados desde los dieciocho (18) años de edad, siempre que estén inscriptos en el Registro Electoral y no se encuentren alcanzados por las inhabilidades establecidas por la Constitución de la Provincia y las leyes que rigen la materia".
Las personas que no concurran a votar y no justifiquen su ausencia dentro de los 60 días posteriores a la elección serán incluidas en el Registro de Infractores al Deber de Votar, lo que puede derivar en multas económicas y restricciones administrativas. El valor de la multa varía entre los $1.000 y $2.000, aunque depende de si existen ausencias previas sin justificar a otros comicios.
Además, el Código Electoral Nacional establece que los infractores:
- No podrán realizar trámites ante organismos estatales por el plazo de un año.
- Quedarán inhabilitados para asumir cargos en la administración pública durante tres años.
- En casos excepcionales, podrían ser sancionados con trabajo comunitario por un máximo de tres días, si lo dispone la autoridad correspondiente.
Quiénes están exentos de votar
- Los menores de 16 años y los mayores de 70.
- Las personas que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deben votar.
- Quienes estén enfermos o imposibilitados de asistir por una fuerza mayor. En este caso, tienen que tener un certificado médico oficial.
- Los jueces y auxiliares judiciales con funciones durante las elecciones legislativas.
- El personal esencial o no esencial cuyas tareas les impiden asistir durante la jornada de votación.
- Quienes hayan sido designados como fiscales o personal electoral en otra mesa.
- Los funcionarios de organismos o empresas de servicios públicos convocados a realizar tareas durante las elecciones.
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