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Todos los detalles de los nuevos créditos hipotecarios del Gobierno

El Gobierno envió esta semana un proyecto de ley al Congreso. A quiénes beneficiarán y para qué pueden ser usados.

El Poder Ejecutivo envió esta semana dos proyectos de ley al Congreso para, por un lado, impulsar la industria de la construcción a través de una serie de incentivos fiscales y, por otro, mejorar la oferta de créditos hipotecarios para la construcción o compra de primera vivienda.

En cuando al proyecto de promoción del crédito para la vivienda, su objetivo es crear una Sociedad Hipotecaria que sea administradora de los nuevos créditos hipotecarios, que tendrán una cobertura de cuota ante descalces entre salarios e inflación, al mismo tiempo que se resguardará el capital prestado, brindando incentivos a los bancos e inversores. Entre sus objetivos, propone el lanzamiento de una serie de nuevos créditos hipotecarios que estén nominados en Unidades actualizadas CER y ICC para el acreedor y en base al CVS para el deudor, cuya instrumentación deberá ser definida por el BCRA.

Estas líneas estarán disponibles para la construcción sobre terreno propio o a adquirir; la adquisición o cambio de vivienda por una a estrenar (sólo primera escritura); la refacción, ampliación o terminación; y la adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente. De acuerdo al proyecto de ley del Ejecutivo, el Banco Central establecerá el monto máximo de los créditos a otorgar y podrá incorporar nuevas líneas de créditos a las mencionadas.

Todos los créditos

-Construcción de primera o segunda vivienda sobre terreno propio o terreno a adquirir. El monto para construcción será hasta el 100% del presupuesto de obra. Mientras que el monto para compra de terreno será hasta el 80% de la tasación o precio de venta del terreno, únicamente para la construcción de primera vivienda.

-Cambio de primera o segunda vivienda por una a estrenar (primera escritura). En ese caso, el monto para la compra contemplará hasta el 80% de la tasación o precio de venta de la vivienda. En tanto, el monto para cambio será de hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor del inmueble que se reemplaza.

-Refacción, ampliación o terminación de primera o segunda vivienda. El monto del préstamo en este caso contempla hasta el 100% del presupuesto de obra.

-Adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente. Monto para adquisición: hasta el 80% de la tasación o precio de venta de la vivienda. Monto para cambio: hasta el 100% de la diferencia entre el valor de la vivienda que se adquiere y el valor del inmueble que se reemplaza.

Beneficios fiscales

En cuanto a los beneficios fiscales, el proyecto exime del impuesto de Bienes Personales a las inversiones destinadas a la construcción de inmuebles nuevos durante dos años y otorga un crédito fiscal para computar contra este impuesto igual al 1% de las inversiones realizadas en construcción. Al mismo tiempo, propone que los tributos sobre las transacciones inmobiliarias (Impuesto a las Ganancias e Impuesto a la Transferencia de Inmuebles, según corresponda) se haga al momento de percibir los ingresos por la inversión y se adecúe el monto imponible a su evolución en términos reales.

Por último, las personas que declaren voluntariamente activos en pesos o dólares y los destinen a obras nuevas pagarán un único impuesto (con alícuota creciente en el tiempo) y se les otorgará un “bloqueo fiscal” respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos, además de una serie de beneficios en acciones judiciales y administrativas.

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