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ANMAT prohibió productos para el pelo, medicamentos y otros por considerarlos "ilegales"

En una serie de disposiciones publicadas en el Boletín Oficial indicó la prohibición de ciertos productos por "irregularidades".

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió este lunes, mediante una serie de publicaciones en el Boletín Oficial de la Nación, prohibiendo una serie de productos cosméticos, artículos de limpieza y equipos médicos tras detectar que se encontraban fuera de normativa y representaban un riesgo potencial para la salud.

Previo a tomar esta medida, se analizaron los casos a partir de denuncias recibidas que mencionaban dichas irregularidades, entre otras. Las disposiciones publicadas prohíben la comercialización de artículos que circulaban sin registros sanitarios, con rótulos falsos o sin autorización de fabricación.

Una de las disposiciones es la medida 6776/2025, que prohíbe productos para el pelo de la marca "Juka.Alisados" , comercializados sin inscripción sanitaria. El Departamento de Cosméticos de la Anmat advirtió que estos productos podrían contener formol como agente alisante, sustancia cuyo uso no está autorizado por su potencial toxicidad. Entre los productos alcanzados figuran el "botox capilar", el "shock de queratina", el "levanta muertos", y tratamientos de nutrición capilar con células madre o biotina. La prohibición abarca todas las presentaciones, lotes y vencimientos, hasta que se regularicen.

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La investigación por productos de esta marca se inició a partir de controles electrónicos en una plataforma de comercio online, donde se detectó la venta de cosméticos que no contaban con la debida inscripción sanitaria en sus etiquetas. Al cotejar la información con la base de datos oficial, la ANMAT comprobó que no figuraba ningún registro correspondiente a los productos identificados con este nombre.

Cuáles son los otros productos prohibidos por la ANMAT

Por otro lado, la disposición 6777/2025 dispuso la prohibición de una serie de dispositivos médicos tras una inspección a la firma Medical Team S.R.L. en La Rioja. En el operativo se secuestraron parches cardiovasculares y prótesis vasculares de marcas reconocidas -como GORE-TEX CARDIOVASCULAR PATCH y GORE-TEX VASCULAR GRAFT- que, si bien están registrados en el país bajo la titularidad de EMECLAR S.A., no contaban con la documentación correspondiente en las unidades halladas.

Además, se detectaron dispositivos COOLEY veri-soft sin datos de importador ni trazabilidad, e incluso algunos con fecha de vencimiento vencida. La ANMAT abrió un sumario sanitario por presuntas infracciones a la normativa.

anmat productos medicos

El organismo actuó en esa misma línea respecto a un equipo médico utilizado para el tratamiento de la apnea obstructiva del sueño, reportado en Córdoba. Desde la denuncia presentada por la firma Air Liquide Argentina S.A., comenzó una serie de averiguaciones que llevaron a dictar la disposición 6778/2025.

En tercer lugar, otro de los productos que fueron prohibidos por el organismo en su elaboración, venta, uso, distribución y publicidad, se encuentra una "lavandina en polvo Calitex". Según la disposición 6779/2025, el artículo se vendía en plataformas digitales con leyendas como “elimina el 99,9% de virus y bacterias”, pero no estaba inscripto ante la Anmat ni identificado con un establecimiento habilitado. El contenido se presentaba en bolsitas con polvo blanco y rótulos incompletos.

Por otro lado, el organismo de control sanitario dispuso mediante la disposición 6780/2025 que el "repelente y desodorante para perros y gatos" marca 'Chau Pis', sea retirado de las góndolas y de la venta online debido a una denuncia que enumeraba una lista de irregularidades.

La normativa estableció que el producto debía considerarse ilegítimo y prohibió su venta, uso y publicidad en todo el país.

Finalmente, la ANMAT prohibió el uso y la comercialización de dispositivos de acondicionamiento de agua domiciliaria y filtros de repuesto de al menos siete marcas -Gowave, Water Purifier, Water Fusion, Agoa Home, Pentair, Osvan y Electrolux-. Según la disposición 6781/2025, se trataba de productos sin registro sanitario y, en algunos casos, sin rotulado.

La decisión se adoptó tras denuncias de usuarios que reportaron la presencia de partículas negras en el agua filtrada, alteraciones en el sabor y síntomas gastrointestinales luego de su consumo. A esto se sumó que una de las empresas proveedoras negó la autenticidad de los filtros que llevaban su nombre.

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