La ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) llevará adelante una investigación que podría afectar a los monotributistas. ¿De qué se trata esta medida?
Es sabido que si un monotributista no realiza la recategorización a tiempo en el impuesto Monotributo, la ARCA podrá recategorizarlo de oficio e incluso será pasible de sanciones. Así lo establece la Ley 24.977. Cabe subrayar que la recategorización es obligatoria y se realiza en forma semestral hasta el día 5 de los meses de agosto y febrero de cada año. Recientemente, se supo que la ARCA investigará a los monotributistas. Aquí te contamos los detalles de esta decisión.
Es oportuno recordar que la recategorización en el Monotributo es la evaluación que deben realizar los monotributistas dos veces al año para saber si continúan en la misma categoría -considerando sus ingresos anuales acumulados-, deben cambiarla, o bien excluirse del régimen.
La ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) revisará las recategorizaciones declaradas por los monotributistas. Además, también analizará y cruzará los datos externos que puedan revelar ingresos superiores a los permitidos por la ley.
Según fuentes de la ARCA, el objetivo de esta investigación sobre los monotributistas es el de garantizar la transparencia y la competencia justa en el sistema impositivo. Algunos funcionarios del organismo detectaron que ciertos contribuyentes se inscriben en el Monotributo –un impuesto que conlleva un tributo menor y menos requisitos que el régimen general- cuando en realidad manejan ingresos que superan los límites permitidos, generando competencia desleal y evasión fiscal.
Lo cierto es que la ARCA viene observando año a año que son cada vez más comunes los casos donde la facturación real excede los topes de la categoría correspondiente. Por eso el operativo de la ARCA tiende a detectar inconsistencias fiscales y persigue identificar a quienes usan el régimen simplificado como fachada para manejar ingresos superiores a los permitidos por la ley.
Según se supo, la ARCA cruzará información con bancos y empresas de servicios, lo que podría derivar en recategorizaciones de oficio e incluso en sanciones económicas. ¿Qué fuentes de información podrían cruzar para avanzar con este operativo?
- Base de datos de la propia ARCA: para comprobar la categoría en la que está inscripto cada monotributista.
- Reportes bancarios: depósitos, transferencias y movimientos con tarjeta.
- Empresas de servicios: con el objetivo de evaluar consumos de suministro eléctrico, agua, gas o telefonía que podrían reflejar una actividad mayor a la declarada.
Es oportuno señalar que, a partir del 1ro de agosto de 2025, las categorías vigentes del Monotributo son las siguientes:
- Categoría A: $8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90
Los montos mensuales que deben abonar los monotributistas según la categoría en la que se encuentren inscriptos son los siguientes:
- Categoría A: $37.085,74 servicios y venta de bienes muebles
- Categoría B: $42.216,41 servicios y venta de bienes muebles
- Categoría C: $49.435,58 servicios y $48.320,22 venta de bienes muebles
- Categoría D: $63.357,80 servicios y $61.824,18 venta de bienes muebles
- Categoría E: $89.714,31 servicios y $81.070,26 venta de bienes muebles
- Categoría F: $112.906,59 servicios y $97.291,54 venta de bienes muebles
- Categoría G: $172.457,38 servicios y $118.920,05 venta de bienes muebles
- Categoría H: $391.400,62 servicios y $238.038,48 venta de bienes muebles
- Categoría I: $721.650,46 servicios y $355.672,64 venta de bienes muebles
- Categoría J: $874.069,29 servicios y $434.895,92 venta de bienes muebles
- Categoría K: $1.208.890,60 servicios y $525.732,01 venta de bienes muebles
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