Hasta ahora lo hacía de manera inmediata al momento de notificar al contribuyente. Cuál es el principal cambio.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se va a tomar más tiempo antes de pedir el bloqueo de las cuentas de los contribuyentes que entran en mora, luego de que el organismo le reclame por deudas.
Así lo dispuso mediante un la Disposición 120, la cual establece que ARCA va a pedir el embargo de cuentas ante la Justicia 48 horas después de vencido el plazo para que la persona responda al reclamo
Hasta el momento era un recurso inmediato, de manera que a la persona afectada no se le daba tiempo para explicar su situación.
La medida se inscribe en la política del gobierno nacional de facilitar la relación con los contribuyentes en la linea de evitar la sospecha permanente sobre incumplimientos y casos de posible evasión
La medida dice que las modificaciones se adoptan “en orden a las políticas públicas implementadas por el Gobierno Nacional tendientes a facilitar el ingreso de los tributos y a optimizar la cancelación de las obligaciones a cargo de los contribuyentes, se estima conveniente adecuar el plazo oportunamente estipulado para la traba de medidas cautelares, reconociendo un cambio de paradigma en el esquema actual de recaudación y brindando al ciudadano mayores facilidades para regularizar su situación fiscal”.
De ahora en más, los agentes de ARCA, deberán implementar la medida cautelar "dentro de las 48 horas de vencido el plazo para la interposición de las excepciones”. Hasta ahora lo hacían de manera automática, sin esperar al plazo de descargo.
En los casos en que la distancia entre la sede desde donde se emita la notificación y el domicilio fiscal del contribuyente exceda los 100 kilómetros y no se cuente con suficiente cantidad de oficiales notificadores, pudiendo demorarse el procedimiento de notificación, el representante del Fisco, con autorización previa de su jefatura y siempre que cuente con la autorización judicial correspondiente, podrá trabar la medida con anterioridad al vencimiento del plazo mencionado en el párrafo anterior.
En tal supuesto, una vez radicada la demanda y previo a la traba de la medida cautelar, deberá notificarse al Domicilio Fiscal Electrónico del contribuyente, el detalle de la deuda reclamada, haciendo saber que, de no cancelarse el crédito fiscal más la suma presupuestada para responder a intereses y costas en el plazo de 5 días desde la notificación se procederá a efectivizar las medidas autorizadas”.
ARCA indicó que “la norma brinda certidumbre en los ciudadanos con procedimientos y plazos claros ya que se otorga un margen claro y formalizado al contribuyente para regularizar su situación antes de ser embargado”.
Plan de facilidades de pago
A través de un plan de facilidades de pago que estuvo vigente desde enero hasta el 31 de mayo de 2025, ARCA redujo en un 66% el total de deuda capital perteneciente a un universo determinado de contribuyentes.
Se trata de obligaciones contraídas entre los períodos 2020 y 2024 por un total de $1,788 billones, importe que en la actualidad se vio reducido a $613.853 millones.
El resultado es producto de las acciones que ARCA viene llevando a cabo no solo con la puesta en marcha de estos planes de facilidades, sino a través del envío de comunicaciones al Domicilio Fiscal Electrónico de contribuyentes con deuda.
Entre febrero y abril, el organismo informó sobre la vigencia de los planes a 3 sectores determinados con deudas estimadas en $809.753 millones: En primer lugar, a sectores con deudas mayores o iguales a $20.000.000. En segundo término, se enviaron comunicaciones a contribuyentes con deudas mayores o iguales a $7.000.000. Por último, a quienes poseían deudas mayores o iguales a $2.200.000.
Como resultado de estas campañas, ARCA lleva recuperados $622.500 millones, es decir, casi un 77% del monto total adeudado.
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