La mujer que fue víctima de un accidente decidió llevarla a la justicia. Ahora la obligaron a pagar una reparación económica.
Lo que comenzó como un reclamo por un accidente de tránsito terminó en una batalla judicial muy distinta. En 2017, una mujer fue atropellada mientras caminaba. Con el objetivo de recibir una reparación económica por los daños sufridos, decidió contratar a una abogada, pero todo terminó peor de lo que esperaba y con una grave denuncia. Ahora su defensora deberá indemnizarla.
El juicio se inició al año siguiente del accidente ocurrido en la ciudad de Santa Clara del Mar, pero nunca avanzó. La profesional, a cargo del expediente, dejó el caso sin movimiento ni explicaciones.
Esa falta de impulso procesal llevó a que el Juzgado Nacional en lo Civil N° 70 declarara la caducidad de instancia, lo que significa que el reclamo quedó archivado de forma definitiva. La víctima del accidente se enteró años después que su derecho a demandar había prescrito. Ya no podía volver a iniciar una acción legal.
Al descubrir que su causa había sido abandonada, la mujer inició un nuevo juicio, esta vez contra su propia abogada. En la demanda sostuvo que la profesional actuó con negligencia grave y que su desinterés provocó una pérdida irreparable: la posibilidad de obtener una indemnización por las lesiones del accidente.
Durante el proceso, el tribunal examinó los documentos del expediente original y las notificaciones enviadas. Se comprobó que la abogada recibió toda la documentación y la designación correspondiente, pero nunca realizó las gestiones necesarias para que el juicio avanzara.
La jueza a cargo del caso concluyó que existió un incumplimiento claro del deber profesional. La demandante, en cambio, sí había intentado seguir el trámite: llamó, escribió y pidió información sin recibir respuesta.
Finalmente, el juzgado determinó que la responsabilidad recaía exclusivamente en la abogada, ya que no impulsó el proceso ni presentó su renuncia formal al patrocinio.
Una condena ejemplar
La sentencia estableció que la letrada deberá indemnizar a su exclienta con más de $3.000.000, más intereses. El monto fue calculado considerando la alta probabilidad de que la víctima hubiera conseguido un resultado favorable si el juicio original se hubiese desarrollado normalmente.
El fallo descartó la participación de una segunda apoderada, señalando que la obligación principal recaía en quien aceptó representar y firmar el escrito inicial.
El tribunal también subrayó un principio central del ejercicio profesional: el abogado no solo debe presentar una demanda, sino sostenerla activamente hasta su resolución o hasta formalizar su renuncia. El abandono del caso, sin comunicación ni diligencia, constituye un incumplimiento ético y jurídico.
La causa deja una advertencia clara para el ámbito legal: la desidia profesional puede tener consecuencias patrimoniales severas. Para la víctima del accidente, la reparación económica no compensará el tiempo perdido, pero sí representa un acto de justicia frente a un perjuicio doble: el del siniestro y el del olvido judicial.
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