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La Mañana Chubut

Anulan un juicio por abuso sexual en Chubut: el acusado fue absuelto porque la denunciante es obesa

Según la defensora, el sobrepeso de la mujer hacía “imposible” que el imputado le sacara la calza. Y tres juezas le concedieron el beneficio de la duda.

Un controvertido juicio por un caso de presunto abuso sexual ocurrido en Chubut en 2018 llegó hasta la Corte Suprema de Justicia de la Nación y ahora, seis años después, deberá repetirse. Un tribunal penal de la provincia integrado por tres juezas, había absuelto al acusado basándose en un curioso argumento de la defensa: la obesidad de la víctima.

Las juezas Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro liberaron al imputado luego de que la defensa alegara que la condición física de la denunciante hacía "imposible" que el imputado consumara el delito.

En sus alegatos, la defensora pública María Angélica Leyba puso en duda que el acusado hubiera podido forzar a la mujer, ya que la víctima es “una mujer obesa” y no hubiese sido simple forzarla para “sacarle una calza”.

La víctima había denunciado que cuando estaba en su domicilio de Puerto Madryn, su expareja se presentó y luego de una discusión, la llevó por la fuerza a su dormitorio y la obligó a mantener relaciones sexuales.

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Las juezas de Chubut Marcela Pérez, Patricia Asaro y Patricia Reyes.

Las juezas de Chubut Marcela Pérez, Patricia Asaro y Patricia Reyes.

Aunque previamente las integrantes del tribunal habían reconocido la la credibilidad del testimonio de la víctima y constatado la existencia de lesiones compatibles con acceso sexual violento, terminaron por absolver al imputado, dándole el beneficio de la duda, que significa que no se puede estar 100 por cierto seguro de que haya consumado el delito.

La Fiscalía apeló inmediatamente la resolución, cuestionando la falta de perspectiva de género en el análisis del caso. El recurso llegó hasta la Corte Suprema, que terminó dándole la razón a la acusación.

Qué dijo el STJ de Chubut

"Tras afirmar la certeza de los dichos, otorgar credibilidad al testimonio de la víctima y constatar la existencia de lesiones compatibles con acceso sexual violento, absolvieron al acusado en virtud del estado de la duda", remarcó ahora el nuevo fallo del Superior Tribunal, que ordenó repetir el juicio.

El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, fue contundente en su dictamen. Sostuvo que la resolución judicial presentaba "deficiencias graves", considerando que los hechos ocurrieron en una relación de pareja atravesada por violencia.

Según consignó Diario Jornada, Casal también criticó que no se había aplicado el enfoque de género exigido por la legislación nacional e internacional, como la Convención de Belém do Pará y la Ley 26.485.

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut coincidió con esta mirada. Los magistrados señalaron que la sentencia anterior "comprometía el acceso efectivo a la Justicia de la víctima".

Sin "fundamentación lógica y jurídica suficiente"

La decisión fue calificada como carente de "fundamentación lógica y jurídica suficiente". Los jueces destacaron que los órganos judiciales están obligados a adoptar un enfoque de género tal como lo impone la Ley 25485, la Convención de Belém de Pará, la CEDAW y otros instrumentos legales.

"La omisión de dicho enfoque, no constituye una mera falencia técnica, sino la vulneración del derecho de acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia", advirtieron en el fallo.

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Maria Angélica Leyba, defensora pública de Chubut.

Maria Angélica Leyba, defensora pública de Chubut.

Los magistrados del Superior Tribunal fueron contundentes al señalar que "la absolución es impugnada porque presenta deficiencias tanto en su fundamentación lógica como jurídica, comprometiendo el acceso a la justicia de la víctima".

Por todos estos motivos, se dispuso revocar la sentencia del Tribunal de Juicio original. La causa fue remitida a la Oficina Judicial para la realización de un nuevo juicio que deberá contemplar la perspectiva de género desde el inicio del proceso.

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