Ciudadanía española: atención a la fecha límite de la Ley de Nietos y Bisnietos
Según lo informado por el Consulado de España en la Argentina, esta es la fecha límite para gestionar la ciudadanía española de acuerdo a la ley de Nietos y Bisnietos.
De acuerdo a la definición del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Gobierno de España, poseer la nacionalidad española representa el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado y tiene la doble vertiente de ser un Derecho fundamental y constituir el Estatuto Jurídico de las personas. Así, la nacionalidad otorga la posibilidad de participar en las elecciones, acceder a la educación pública y beneficiarse de la seguridad social y los servicios de salud, entre otros puntos salientes. De acuerdo a la ley de Nietos y Bisnietos, ¿cuál es la fecha límite para gestionar la ciudadanía española?
Cabe recordar que, según la mencionada ley de Memoria Democrática (LMD) -sancionada en octubre de 2022-, para la obtención de la nacionalidad española es condición previa e indispensable disponer del certificado literal de nacimiento original –y una copia- del ciudadano español sobre el que se basa la solicitud (abuelo/a, padre/madre).
Ciudadanía española: fecha límite de la Ley de Nietos y Bisnietos
La fecha límite para acceder a la ciudadanía española según la ley de Nietos y Bisnietos es el 21 de octubre de 2025.
Cabe recordar que la ley 20/2022 establece la posibilidad de adquirir por opción la nacionalidad española para:
- a) Los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española.
- b) Los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
- c) Los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la presente ley o en la disposición adicional séptima de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre.
Asimismo, la ley subraya taxativamente que en todos los supuestos indicados más arriba, será necesario que los interesados formalicen la declaración de opción antes del 21 de octubre de 2025.
Es oportuno señalar que la Federación de Sociedades Españolas en Argentina ofrece asesoramiento gratuito a los interesados en gestionar la ciudadanía española todos los miércoles en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). Por otra parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores estima que los expedientes, una vez iniciados, pueden tardar hasta cuatro años en tramitarse.
Para conocer en detalle la documentación que se deberá reunir y presentar a los fines de tramitar la ciudadanía española, es preciso acceder al sitio oficial del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes del Gobierno de España. En el buscador del portal, se recomienda ingresar el título Ley de Memoria Democrática.
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