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Compró un sillón para una fiesta temática, pero nunca se lo enviaron: dura condena al comercio

La damnificada pagó 30 mil pesos en 2022 por un sofá Chester. Hizo la denuncia y ahora la vendedora deberá abonar una suma millonaria.

Una vecina del Valle Medio rionegrino compró por la red social Instagram un sillón Chester color blanco. Se trata de un mueble de estilo clásico que se caracteriza por su elegancia y que se ha erigido en todo un ícono por su particular diseño. La adquisición se tramitó en abril de 2022 y el artículo tenía un costo de $30.000, de acuerdo a lo informado por la vendedora y administradora de la cuenta comercial "La Sillonería", Martina Quiroga. Pero nunca hizo entrega del artículo.

La idea de la damnificada era organizar una fiesta temática con su familia bajo la consigna “Navidad todo de blanco”. La mujer transfirió el dinero de la compra y envió el comprobante de pago por mensaje a la misma red social. La vendedora prometió brindar información sobre el transporte, pero el sofá nunca llegó a destino, por lo que presentó el reclamo judicial.

El caso fue tramitado en el fuero Civil de Choele Choel, que condenó a la administradora de la página comercial a indemnizar a la frustrada compradora. La sentencia incluyó daño moral y punitivo. También reconoció el perjuicio por la privación de uso, ya que el mueble adquirido no pudo disfrutarse.

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La jueza Natalia Costanzo determinó que existió una relación de consumo. La vendedora incurrió en un incumplimiento contractual y vulneró los derechos de la consumidora. Además y a pesar de haber sido debidamente notificada, optó por no presentarse en el proceso, por lo que a solicitud de la denunciante se decretó su incomparecencia y se dispuso hacer efectivo el apercibimiento dispuesto en Código Procesal Civil y Comercial.

"Por lo que he de señalar que ante la falta de contestación de la demanda, la incomparecencia a la audiencia preliminar y los claros términos establecidos en el Art. 328 del CPCC, autorizan a presumir la verdad de los hechos pertinentes y lícitos afirmados por la contraria y a tener por reconocidos los documentos acompañados que se le atribuyeren a la demandada", sostuvo en su fallo la magistrada.

Resaltó asimismo que este tipo de contratación a distancia exige un deber de mayor información y trato digno. Dichas obligaciones fueron incumplidas.

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Cipolletti se destaca como una de las jurisdicciones más ágiles de Río Negro en materia penal.

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No respondió la compradora y fue condenada

Ante la falta de respuestas, la mujer solicitó continuar la conversación por WhatsApp. En su presentación detalló que todos los mensajes en esa aplicación quedaron en “visto”, sin recibir respuesta. También denunció haber sido estafada. Inició una mediación, pero la vendedora no se presentó.

La jueza valoró las pruebas: transferencias bancarias, capturas de conversaciones y testimonios. Se acreditó no solo el incumplimiento, sino también el menosprecio de la vendedora, conducta calificada como reprochable y desaprensiva.

“Se ha configurado un destrato injustificado. Se observa una conducta que procura el desgaste para desalentar los reclamos frente al incumplimiento de las obligaciones que surgen del vínculo contractual y del trato digno”, argumentó la jueza.

Agregó que todo ello constituye un accionar en detrimento de la consumidora, descalificable desde el punto de vista social y disvalioso por la indiferencia hacia la persona. En consecuencia, la sentencia reconoce la violación de los derechos del consumidor e impone una indemnización integral de 1.733.510, más los intereses.

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