El organismo estableció los topes que se pueden transferir y advirtió que, cuando se superen, podrá pedir que los contribuyentes justifiquen el origen del dinero.
La Agencia Nacional de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció los montos para los movimientos de dinero que se pueden hacer entre cuentas bancarias y cualquier operación que supere esos limites serán susceptibles de revisión. Además, advirtió que cuando las transferencias superan ese límite, los bancos podrán aplicar retenciones a modo de prevención hasta que confirma que la transacción no quebranta la normativa vigente.
En este sentido, si no es posible justificar los fondos de forma concluyente, los controles aumentan y pueden conducir a demoras o blanqueos. Es por eso que recomiendan estar al tanto de las regulaciones para evitar inconvenientes si las sumas que se manejan son altas
Cuáles son los topes para las transferencias que estableció ARCA
Los límites que controla el ente recaudador se actualizaron en junio y se mantendrán en vigencia durante los próximos meses. Esos topes marcan el punto a partir del cual bancos y billeteras virtuales pueden pedir a los clientes que justifiquen el origen del dinero. Los valores, según las distintas operaciones, son los siguientes
- Transferencias o acreditaciones: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas (antes $2.000.000).
- Extracciones en efectivo: $10.000.000 para ambos casos (antes era cualquier monto).
- Saldos bancarios al cierre del mes: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas (antes $1.000.000).
- Plazos fijos: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas (antes $1.000.000).
- Transferencias y billeteras virtuales: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Sociedades de bolsa: $100.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
- Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 sin informar (antes $250.000 en efectivo y $400.000 con otros medios).
- Pagos: $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para jurídicas.
Transferencias: qué pasa si se superan los limites fijados por ARCA
En el caso de que una persona realice transferencias y supere los montos establecidos, la entidad bancaria puede retener el dinero hasta que presente comprobantes del origen de esos fondos, es decir, no implica un bloqueo inmediato. La forma más común de comprobar de dónde provienen los recursos son los contratos de compraventa, facturas, recibos de sueldo, constancia de monotributo o un certificado de origen de fondos que tenga la firma de un contador.
En este contexto, entre las prácticas que suelen despertar alarmas en las entidades financieras se cuenta a las veces en que se ignoran los pedidos del banco, la falta de respaldo del dinero, así como también haber superado los límites sin justificación o dividir transferencias para evitar controles. Frente a cualquiera de estos casos, ARCA puede trasladar el caso a la Unidad de Información Financiera a través de un "Reporte de Operación Sospechosa".
Estas limitaciones a las transferencias tienen por objetivo reducir la evasión fiscal a partir de un mayor control de la circulación del dinero. Es por eso que el organismo fiscal tiene la potestad de solicitar al contribuyente la documentación necesaria para justificar la transacción.
Qué hacer si los fondos quedan bloqueados
En caso de que una entidad bancaria retenga el dinero de una transferencia porque supera los limites establecidos, será conveniente presentar la documentación requerida, informar previamente al banco si se espera recibir un monto significativo e indicar su procedencia y fecha, y evitar fragmentar la transacción como estrategia para eludir límites porque ese tipo de acciones puede activar alertas adicionales.
Impuestos y obligaciones
Las transferencias bancarias también están alcanzadas por obligaciones tributarias y los impuestos que pueden aplicarse son:
- Ingresos Brutos: con retenciones aproximadas del 2,5%.
- Impuesto al Cheque: con un porcentaje del 0,6%.
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