El juez Martín Peliquero intimó al los Fvta Xayen a presentar el documento o no podrá intervenir en el juicio del campo de los hermanos Galván en Vaca Muerta.
La decisión llegó sin muchas vueltas, con dos días de plazo. Es lo que el juez civil Martín Peliquero le dio a la Comunidad Mapuche Lof Fvta Xayen para acreditar su personería jurídica y poder seguir participando en el expediente de un juicio de reivindicación de tierras, en el paraje Tratayén, en el corazón de Vaca Muerta. Es un caso que viene desde 2017.
Se trata de una causa que iniciaron los hermanos Galván, que tienen un campo desde 1978, que trabajó su padre para la producción de peras y manzanas, en una época donde ese lugar era muy lejos para cultivar. En esa época era inimaginado que esas tierras iban a ser codiciadas por Vaca Muerta y los coletazos de los conflictos petroleros.
El caso tuvo varias vueltas, y con la derogación de la Ley 26.160, ahora la justicia hizo lugar a un pedido para sacar del juicio a los mapuche en carácter de comunidad; al no tener una personería jurídica, los abogados de la familia Galván pidieron que se los trate en el expediente en carácter de personas físicas. Muchos de los actores convivían en Tratayén con los dueños del campo, antes de iniciar el juicio territorial.
El campo en Tratayén de la familia Galván está en la zona de Los Pilares, cerca de Añelo. Es característico porque se puede ver la formación arcillosa. En esa zona hay cientos de hectáreas plantadas con frutales.
De acuerdo a la notificación que hizo el juez, sobre la causa “Galván Carolina y otros c/ Rosales Diego Martín y otros s/ interdicto” (Expte. N° 549857/2022). Si en 48 horas a partir de este jueves no acreditan la personería jurídica, la comunidad quedará fuera del proceso, sin voz ni representación en uno de los casos judiciales. La medida puede ser apelada por la comunidad.
Mapuches: una ley caída y el reclamo
El hecho que el juez haya tomado nota del pedido de la familia Galván, no implica que los mapuches no puedan continuar con pedidos y acuerdos de convivencia con las petroleras de la zona. Son temas bien distintos, la convivencia en el territorio (el campo de Tratayén) y el mundo judicial.
La resolución indica que la comunidad fue admitida en su momento bajo el paraguas de la Ley 26.160, que suspendía desalojos y reconocía la participación de comunidades originarias en disputas sobre tierras. Pero la ley la derogó el gobierno de Javier Milei, y esa protección parece hacerse terminado, a menos que la batalla llegue a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El campo de la familia Galván, en Tratayén. Está cerca del río Neuquén y de Añelo. La comunidad se autoproclamó en 2017. Antes eran vecinos crianceros de la familia Mardones.
Pero esa ley perdió vigencia con la derogación del Decreto 805/21 a través del Decreto 1083/24, firmado por el Ejecutivo nacional. En palabras del juez, “corresponde adecuar la situación procesal de la referida comunidad a la normativa vigente”.
El amparo legal que permitía a las comunidades intervenir en causas judiciales caducó. Y ahora, para seguir, deben presentar documentación formal de personería jurídica, una instancia que muchas comunidades aún no tienen resuelta, pese a años de reclamos administrativos.
Claro que precisamente el tema de las personerías, llevó a la Confederación Mapuche del Neuquén a hacerle un fuete planteo al gobierno de Rolando Figueroa, que terminó en un desalojo el pasado 20 de julio frente a Casa de Gobierno.
El juez Peliquero fue determinante en ese sentido. “Se intima a la Comunidad Mapuche Lof Fvta Xayen para que en el plazo de dos días acredite debida personería jurídica, bajo apercibimiento de no poder continuar con su intervención en autos”, expresó en la notificación.
Del derecho colectivo al trámite administrativo
El caso también pone de relieve el cambio de época, que también atraviesa a la justicia con los humores del clima político y social, más allá de la aplicación e interpretaciones de los contextos de las leyes. Durante años, la Ley 26.160 funcionó como un paraguas político y judicial. Permitía reconocer la existencia de comunidades sin exigirles formalidades burocráticas.
Y eso ocurre en un escenario donde el territorio es un campo de batalla legal de reclamos y disputas, más allá de las escrituras. En Tratayén operan varias empresas del núcleo de Vaca Muerta, entre ellas YPF y compañías contratistas. En muchos casos, los lof mantienen acuerdos de convivencia o de uso superficial con las operadoras.
Esa doble condición -comunidad y parte del entramado petrolero- le da a la resolución judicial una carga política más profunda: quién puede reclamar en nombre del pueblo mapuche dentro del corazón de Vaca Muerta.
El Año Nuevo Mapuche se celebra en el solsticio de invierno. El año pasado y este 14 de junio se realizará en Tratayén.
Neuquén lleva años conviviendo con esta tensión. De un lado, las comunidades que reclaman reconocimiento y participación real. Del otro, un Estado provincial que exige personería jurídica para cualquier trámite, y una Justicia que ahora se alinea con esa postura.
Según datos públicos, solo siete comunidades lograron la personería jurídica en la última década en Neuquén. Varias más siguen esperando. Entre ellas, la propia Lof Fvta Xayen y las que están alrededor de Vaca Muerta, que igualmente son asistidas con convenios por las petroleras, tengan o no personería.
El tema es que sin ese documento, no podrían firmar convenios, presentarse en juicios o recibir fondos oficiales. Este nuevo fallo podría marcar un precedente. Si se extiende el criterio del juez Peliquero, otras comunidades mapuches quedarían fuera de los procesos judiciales en curso, especialmente en temas de tierras y recursos naturales.
Qué dice el fallo
El expediente tiene historia. En 2023, el mismo juzgado había tenido por acreditada la personería de la comunidad “en los términos de intervención que habilitaba la Ley 26.160”, y suspendió el trámite del proceso.
La Cámara de Apelaciones revocó esa suspensión, aunque mantuvo la intervención del lof. Luego, tanto el Recurso Casatorio como el Extraordinario Federal fueron declarados inadmisibles. Ahora, con el cambio normativo, Peliquero considera que el marco legal que justificaba esa participación ya no existe, y que la comunidad debe ajustarse a las nuevas reglas.
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