Locales cerrados por el Día del Empleado de Comercio en Neuquén: cuándo es
La fecha quedó plasmada en un acta acuerdo firmada por el Centro de Empleados de Comercio y la Federación de Entidades Empresarias Neuquinas.
A finales de agosto se firmó el acta acuerdo entre el Centro de Empleados de Comercio (CEC) y la Federación de Entidades Empresarias Neuquinas (FEEN), refrendada por el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, en donde se estableció que el feriado por el Día del Empleado de Comercio de 2025 será el próximo lunes 29 de septiembre.
La Ley Nacional 26.541 instituye que el 26 de septiembre es feriado nacional no laborable por el “Día del Empleado de Comercio” y está estipulado que esa fecha se traslada el último lunes del mes de septiembre, para que las y los empleados de comercio puedan celebrar su día con todos los alcances de la mencionada ley.
El acta fue firmada por el Secretario General del CEC Ramón Fernández y por Fernando Zurita, Presidente de la FEEN -la federación que agrupa a las cámaras de comercio de toda la provincia-. Fue, además, refrendada por las autoridades laborales de la provincia.
¿Cuánto gana un empleado de comercio?
A través de su portal oficial, la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) –gremio que nuclea a los empleados de Comercio- detalla que la jornada laboral de los trabajadores del sector se ajusta a lo dispuesto por la Ley 11.544. Así, ¿cuánto gana un empleado de Comercio por 8 horas de trabajo en septiembre de 2025?
Cabe resaltar que, según la ley mencionada más arriba, la jornada de trabajo de los empleados de Comercio no podrá exceder de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales para toda persona ocupada por cuenta ajena en explotaciones públicas o privadas, aunque no persigan fines de lucro.
En septiembre de 2025, la tabla salarial que nuclea a los empleados de Comercio que trabajan 8 horas diarias es la siguiente, según puesto y categoría:
Maestranza y Servicios
- Categoría A: $1.065.914.
- Categoría B: $1.068.884.
- Categoría C: $1.079.290.
Administrativo
- Categoría A $1.077.062 (la más baja).
- Categoría F $1.126.863 (la más alta).
Cajeros
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
Personal auxiliar
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
Personal auxiliar especializado
- Desde $ $1.089.700 (Categoría A).
Vendedores
- Desde $1.080.777 (Categoría A).
En el artículo 2 de la ley mencionada más arriba, también se especifica que la jornada de trabajo nocturno de los empleados de Comercio no podrá exceder de siete horas, entendiéndose como tal la comprendida entre las veintiuna y las seis horas. Cuando el trabajo deba realizarse en lugares insalubres en los cuales la viciación del aire o su compresión, emanaciones o polvos tóxicos permanentes, pongan en peligro la salud de los obreros ocupados, la duración del trabajo no excederá de seis horas diarias o treinta y seis semanales.
En su portal oficial, FAECYS también dio a conocer los detalles del convenio con mejoras salariales para los trabajadores del sector, que incluyen incrementos en los sueldos para el segundo semestre de 2025. Los aumentos en los salarios de los empleados de Comercio se establecieron de manera escalonada: 1 por ciento en julio; 1 por ciento en agosto; 1 por ciento en septiembre; 1 por ciento en octubre; 1 por ciento en noviembre y 1 por ciento en diciembre de 2025.
Además, durante el período julio-diciembre de 2025 se les abonará mensualmente a los empleados de Comercio un bono –o suma fija no remunerativa- establecido en 40 mil pesos.
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