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La Mañana condena

Una jubilada neuquina logró la condena a una editorial que le debitaba plata del BPN

La mujer advirtió que la empresa le había realizado 14 débitos sin su autorización. La Justicia Civil respondió favorablemente al hábeas data.

Una demanda radicada por una neuquina sobre un movimiento irregular en sus haberes previsionales llegó a la condena de una empresa de Buenos Aires. Todo comenzó cuando una jubilada de San Martín de los Andes advirtió que una editorial llamada El Talar realizaba cobros indebidos que debitaba automáticamente de su cuenta en el Banco Provincia de Neuquén (BPN).

El conflicto escaló a punto tal que el juez civil Santiago Montórfano ordenó a la editorial con sede en Capital Federal a informar todos los datos que posea sobre una jubilada neuquina. El fallo se originó en una acción de habeas data presentada por la mujer luego de advertir que le realizaron débitos de su cuenta bancaria por casi 100 mil pesos.

De acuerdo a la acción de amparo iniciada, la víctima manifestó que no había adherido ningún servicio o autorizado cobros de los mismos. Entre los débitos realizados de su cuenta, el 3 de abril de 2024 se registraron 14 consecutivos.

tsj tribunal superior de justicia neuquen

Un silencio sospechoso

La falta de respuesta de la editorial a la demanda de la señora resultó sospechoso para la Justicia neuquina. De acuerdo a la resolución del titular del Juzgado Civil, Comercial, Laboral y de Minería N° 2 de la IV Circunscripción, la editorial fue obligada a entregar todos los datos incluidos en sus registros, debiendo especificar contenido, origen, usos concretos para los que fueron utilizados y finalidad para la cual se almacenaron.

Asimismo, el pronunciamiento critica la falta de respuesta de la firma demandada y sostiene que si bien “los hechos relatados deben ser verosímiles y su ocurrencia lucir razonable”, también es cierto que “el silencio de la parte demandada puede considerarse como presunción de veracidad” de aquellos. De esta manera, la condena dispone que de continuar el silencio podrían imponer sanciones económicas.

Cabe destacar que la acción de habeas data es un instrumento previsto en la Constitución Nacional y en la provincial y tiene por objeto la protección de datos personales para que no sean utilizados sin consentimiento. Esta acción tiene lugar cuando se requiere conocer los datos de una persona que consten en forma de registro, archivo o banco de datos de organismos públicos o privados destinados a proveer informes, como así también para conocer la finalidad a que se destina esa información, si ha sido comunicada a terceros, a quiénes y a qué efectos y para requerir su ratificación, actualización o cancelación.

Un jubilado fue víctima de una estafa

Un jubilado sufrió un intento de robo en su domicilio del barrio Santa Genoveva. La víctima se llama Osvaldo, de 88 años, quien estaba en su casa con su esposa y un nieto cuando una persona, de unos 50 años intentó engañarlo al hacerse pasar por personal de la Cooperativa CALF para poder estafarlo.

“Fue ayer martes a la tarde, serían las 17 aproximadamente. Mi señora me avisó que había un señor que pedía hablar conmigo. Cuando fui me dijo: ´Soy de CALF, vengo a ver el medidor’. A mí me dijo que era de CALF y yo no me fijé en nada más. Le abrí el candado y lo hice pasar”, contó Osvaldo a Canal 7.

El estafador le indicó que había un problema en el medidor y pidió acceder a la llave de paso que estaba en el interior de la vivienda. Confiando en su discurso, el abuelo lo condujo hasta la cocina donde comenzó con un cuento: "me dijo que era una llave vieja, que había que cambiarla. Le pregunté qué había que comprar y miró en el celular para decirme cuánto salía".

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Le pidió una suma de más de 60 mil pesos pero el señor respondió con sinceridad que no tenía ese dinero. Afortunadamente, ante la falta de recursos exigidos, el estafador se fue y ahí fue cuando el jubilado se dio cuenta que no era un empleado: "pensé que era raro que me dijera eso un empleado de CALF, pero en ese momento no me di cuenta", admitió. Cabe destacar que la Cooperativa CALF no realiza trabajos en el interior de las viviendas ni exije pagos en efectivo en las viviendas.

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