El Gobierno deberá restablecer la prestación en 24 horas. Se denunció una acción deliberada del organismo de recortar gastos.
Un fallo judicial en la provincia de Catamarca obligó a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) a devolver en 24 horas las pensiones no contributivas por invalidez que habían sido dadas de baja. Denuncian que la suspensión fue parte de un recorte deliberado de gastos y advierten que el caso podría marcar un precedente para otras provincias.
El fallo lo dictó el Juzgado Federal de Catamarca N.º 2. El juez Guillermo Díaz Martínez ordenó también que el organismo se abstenga de realizar nuevas suspensiones, tras ponderar el carácter alimentario de las prestaciones y el riesgo inminente para la subsistencia de los beneficiarios.
La demanda fue impulsada por el Defensor del Pueblo de Catamarca, en representación de un grupo de titulares afectados, quienes denunciaron que las suspensiones derivaron de revisiones médicas ejecutadas con distintas irregularidades.
ANDIS: que dice el expediente
En el expediente se destacó “la carga irrazonable que implicaba cumplir en muchos casos con la comparecencia debido a la distancia entre el domicilio de los pensionados y los centros de atención, pasando por la escasa antelación de la notificación y el exiguo plazo para presentarse a la revisión; y hasta la circunstancia de que, aún presentados a la auditoría, no había personal para llevarlas adelante”.
En muchos casos, los beneficiarios se enteraron de la baja de la prestación por la falta de pago o notificaciones que debían retirar de alguna sucursal de Correo Argentino y estaban redactadas con lenguaje técnico.
Por todo eso, los demandantes aseguraron que hubo una intención deliberada de la ANDIS de recortar gastos dando de baja las pensiones.
Tras analizar las pruebas, Díaz Martínez ordenó el restablecimiento total de las pensiones suspendidas dentro de las 24 horas, junto con el pago retroactivo de los haberes adeudados; la abstención absoluta de efectuar suspensiones adicionales durante la tramitación del expediente; y la remisión inmediata de la providencia al Registro de Procesos Colectivos, para su difusión y eventual articulación con reclamos análogos.
El fallo ponderó el peligro en la demora como elemento probado, dado el perfil vulnerable del colectivo —personas con discapacidades severas— y el impacto directo de las retenciones en su viabilidad cotidiana.
“Los amparistas son titulares de pensiones no contributivas, y por añadidura, su derecho a no verse privados de ellas sino por causas legítimas –legales y constitucionales– debidamente fundadas y motivadas en el marco de un procedimiento administrativo que les garantice oportuna participación y amplia defensa; y por otro, que, aparentemente y en sentido opuesto, la Administración (ANDIS), fundada en normas cuya validez ha sido puesta en cuestión, habría dispuesto suspender, no obstante, las pensiones de manera masiva e indiscriminada y –lo que sería más grave– sin dar siquiera participación al colectivo afectado", dijo el juez.
CUD 2025: estas enfermedades entran en el Certificado de Discapacidad
De acuerdo a la Ley 22.431, el Certificado Único de Discapacidad (CUD) es importante para que las personas con discapacidad puedan acceder a las prestaciones médicas, asistenciales y cupos laborales, entre otros derechos. En este artículo, te contamos cuáles son aquellas enfermedades por las que corresponde solicitar la obtención del Certificado Único de Discapacidad.
Cabe recordar que el CUD también habilita a las personas con discapacidad a una cobertura de salud; transporte gratuito; asignaciones familiares; exención de peajes; impuestos y libre estacionamiento, eximición de algunas tasas municipales y beneficios para comprar automotores.
Entre las enfermedades por las que corresponde solicitar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) se hallan las de índole Intelectual y Mental; Visual; Motor; Auditivo; Respiratorio; Cardiovascular; Renal urológico y/o Digestivo/Hepático.
Entre ellas, pueden mencionarse también:
-Parálisis.
-Debilidad muscular.
-Amputaciones.
-Enfermedades neuromusculares.
-Ceguera o baja visión.
-Sordera o dificultades auditivas.
-Retraso mental.
-Trastornos del espectro autista (TEA).
-Síndrome de Down.
-Otros trastornos genéticos o neuropsiquiátricos.
En el sitio Argentina.gob.ar se define a las personas con discapacidad como a aquellas que tienen alguna deficiencia motriz, sensorial, intelectual o mental y que no pueden participar en igualdad de condiciones en la sociedad porque se encuentran con alguna barrera que se los impide. Asimismo, especifica que el CUD es un documento que prueba la discapacidad en todo el territorio nacional.
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