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Adiós multas: cuándo prescriben las infracciones de tránsito en Argentina 2025, según cada provincia

Esta información es clave al momento de comprar o vender un vehículo. En detalle, qué dice la Ley Nacional de Tránsito al respecto.

Las multas de tránsito significan un problema para cualquier conductor. En algunos casos puede traducirse en la quita de la licencia de conducir, al mismo tiempo que es una traba para la transferencia del vehículo y la obtención del libre deuda. Por ello, es clave saber cuándo prescriben en Argentina.

Según cada provincia, las infracciones de tránsito tienen distinta fecha de vencimiento y pueden prescribir, siempre y cuando se cumpla con los requisitos para eliminar la multa que establece la Ley Nacional de Tránsito.

Multas: cuándo prescriben las infracciones de tránsito en Argentina 2025

Las multas tienen fecha de caducidad, siempre y cuando no se cometa otra calificada como "grave" durante el proceso, o bien cuando el conductor desea iniciar un proceso judicial por la contravención.

Luego, cada provincia es la encargada de determinar los plazos para su posible caducidad. Por ejemplo, en Neuquén no hay distinción entre infracciones "leves o graves", ya que prescriben a los tres años contados desde la fecha de inscripción.

Algo similar ocurre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde no se diferencia la gravedad de la infracción. No obstante, aquí el plazo se estira hasta los cinco años desde la fecha en que se realizó la multa.

En la ciudad se cometen muchas infracciones de tránsito y se buscará sancionar.
Chau multas: cuándo prescriben las infracciones de tránsito en Argentina

Chau multas: cuándo prescriben las infracciones de tránsito en Argentina

Distinto es el caso de la provincia de Buenos Aires, donde rige el mismo criterio que a nivel nacional: a los dos años prescriben las multas por faltas leves y a los cinco las graves.

Provincia por provincia, cuándo prescriben las infracciones de tránsito

  • Buenos Aires: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)
  • Chaco: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)
  • Chubut: 6 meses (las faltas sin iniciar procedimiento), 1 año (con procedimiento iniciado), 2 años (sentencia firme)
  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires: 5 años (todas las faltas)
  • Catamarca: 2 años (las faltas leves), 3 años (las graves), 4 años (las gravísimas)
  • Córdoba: 3 años (todas las faltas)
  • Corrientes: 2 años (todas las faltas)
  • Entre Ríos: 5 años (todas las faltas)
  • Formosa: 1 año (las faltas leves), 2 años (las graves)
  • Jujuy: 5 años (todas las faltas)
  • La Pampa: 5 años (todas las faltas)
  • La Rioja: 5 años (todas las faltas)
  • Mendoza: 2 años (las faltas leves), 3 años (las graves), 4 años (las gravísimas)
  • Misiones: 5 años (todas las faltas)
  • Neuquén: 3 años (todas las faltas)
  • Río Negro: 5 años (todas las faltas)
  • Salta: 5 años (todas las faltas)
  • San Juan: 2 años (todas las faltas)
  • San Luis: 5 años (todas las faltas)
  • Santa Cruz: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)
  • Santa Fe: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)
  • Santiago del Estero: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)
  • Tierra del Fuego: 2 años (todas las faltas)
  • Tucumán: 2 años (las faltas leves), 5 años (las graves)

Las multas de tránsito que no prescriben

La prescripción de una multa de tránsito sólo puede ser interrumpida por dos factores: cometer una falta grave o iniciar el proceso de contravención. En cualquiera de los casos, el plazo quedará eliminado y habrá que afrontar la infracción grave como lo determina la Ley N° 26.363.

En ese sentido, las faltas graves que establece la Ley Nacional de Tránsito son aquellas que "atentan contra la Seguridad Vial y pueden causar lesiones o daños a terceros".

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Las multas de tránsito que no prescriben

Las multas de tránsito que no prescriben

Según detalla el artículo 77 de la Ley 24.449, algunas de ellas son:

  • Exceder los límites de velocidad (con tolerancia de hasta 10 %)
  • Conducir en estado de intoxicación alcohólica, por estupefacientes u otra sustancia
  • No usar el cinturón de seguridad
  • Usar auriculares, teléfonos u otros dispositivos de comunicación manual mientras se conduce
  • No respetar la señalización de semáforos
  • Circular sin la habilitación (licencia) correspondiente
  • Circular sin el seguro obligatorio vigente

Por su parte, cada infracción posee un monto diferente a pagar, según el criterio de la Ley Nacional de Tránsito. Por ejemplo, en Neuquén rigen los siguientes valores para las multas de tránsito (aunque la gran mayoría acepta el pago voluntario, que reduce su costo en un 50%):

  • Semáforo en rojo: entre $214.800 y $1.620.000
  • Invadir la senda peatonal: entre $107.400 y $214.800
  • Giro indebido: entre $107.400 y $322.500
  • Circular sin cinturón de seguridad: entre $53.700 y $540.000
  • Utilizar el celular al conducir: entre $107.500 y $540.000
  • Estacionar en doble fila: entre $53.700 y $540.000

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