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La Mañana ACV

Empresario fingió un ACV para frenar el juicio por abusar sexualmente de una mujer durante 19 años

El acusado presuntamente cometió los abusos desde la niñez hasta la etapa adulta de la víctima. La sentencia contempla más de 15 años de prisión.

El caso que investiga al hombre acusado de abusar sexualmente de una mujer de su entorno y en diferentes lugares durante 19 años, sumó un nuevo capítulo ante el reciente rechazo del pedido de suspensión del juicio por jurados. La decisión fue adoptada por el juez de garantías Juan Kees, ante el pedido de la defensa por un episodio de salud que sufrió el empresario acusado.

La definición surge a partir que el Ministerio Público Fiscal (MPF) requirió que un jurado popular juzgue al sujeto acusado de abuso sexual con acceso carnal agravado por el resultado dañosos a la salud física y mental.

El pedido se había efectuado en diciembre del 2025 y el viernes 13 de febrero fue confirmado el juicio por jurados durante una audiencia en la Ciudad Judicial en la que el organismo estuvo representado por el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid y Cecilia Sabaté.

El acusado comenzó a sentir dolor y se desvaneció en plena audiencia

Por esa razón, actualmente se desarrolla el juicio por jurados por el delito de abuso sexual con acceso carnal. Durante la audiencia previa al inicio del debate que tuvo lugar ayer, el acusado manifestó que sentía malestar y comenzó a llevarse las manos a la cabeza, como muestra de dolor.

Posteriormente, el hombre se desvaneció y cayó al suelo en plena audiencia. El defensor sostuvo que el acusado había sufrido un accidente cerebrovascular (ACV) en la previa del debate y por eso, solicitó la suspensión del juicio, con el argumento de la incapacidad sobreviniente derivada de ese episodio.

CECILIA ABATE

La teoría de que el acusado sufrió un acv instantes antes del comienzo del debate, fueron respaldados por estudios médicos que demostraban que el imputado no había padecido un accidente cerebrovascular y que el episodio respondía a una simulación destinada a obtener la suspensión del juicio.

El hombre cometió los abusos por 19 años

Pese a la maniobra del acusado, el magistrado rechazó el planteo de la defensa y dispuso mantener la fecha fijada para el inicio del juicio, que comenzó el pasado jueves 18 de junio. Durante la audiencia de impugnación que tuvo lugar ayer lunes 22 de junio, el Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Andrés Repetto y Nazareno Eulogio y la jueza Patricia Lupica Cristo, resolvió por unanimidad declarar inadmisible el recurso interpuesto por la defensa y le impusieron las cosas del proceso judicial a la defensa, por intentar una impugnación no prevista.

El MPF planteó el pasado 16 de diciembre que el acusado, J. R, cometió los abusos desde la niñez y hasta la etapa adulta de la víctima. El hombre fue acusado del delito de abuso sexual con acceso carnal continuado agravado por el resultado dañosos a la salud física y mental.

Los abusos también fueron agravados por ser el encargado de la guarda y por hacer sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la convivencia preexistente (esta última agravante hasta que ella cumplió 18 años), en concurso ideal con corrupción de menores, todo el calidad de autor.

SFP Ciudad Judicial (3)

Al tratarse de una imputación que prevé una pena superior a los 15 años de prisión, se solicitó que intervenga un jurado popular, integrado por 16 personas, dividido en partes iguales entre varones y mujeres, y con 12 miembros como titulares y 4 como suplentes.

Abusó de la niña en la casa, oficina, hoteles y un camión

“Los hechos ocurrieron principalmente en el domicilio en el que convivieron hasta el año 2020”, detalló la asistente letrada del MPF en la audiencia de control de la acusación, y puntualizó que también fueron en las oficinas de distintas empresas que tenía el imputado en Neuquén, en hoteles en los que paraban durante viajes que realizaba con la víctima y en un camión en el que transportaban mercadería y tenía una cama.

Según indicó Sabaté, la víctima reveló los abusos siendo mayor de edad, lo cual implicó “una ruptura del secreto familiar, y la denuncia”.

En la Ciudad Judicial, durante una audiencia de impugnación, el fiscal jefe y la asistente letrada pidieron que se rechacen dos planteos del abogado defensor, Marcelo Muñoz, para que se excluyan a personas que fueron ofrecidas como testigos por el MPF y que son familiares directos del acusado; y para tener por abandonada la participación de querella ya que la víctima no estuvo en la audiencia de control de acusación.

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La defensa solicitó la exclusión de dos testigos

“Ambos planteos ya fueron resueltos en la audiencia de control de acusación”, indicó el fiscal jefe. “Y esto no tiene una instancia recursiva en este momento”, añadió, por lo que requirió que se declare inadmisible el recurso de impugnación. La querella adhirió a través del abogado Carlos Caroselli.

Por unanimidad, el Tribunal de Impugnación, avaló la postura del MPF. “Todo lo decidido en esa audiencia no puede ser impugnado en ese momento, sino que luego y en caso de obtener una sentencia desfavorable, se podrá reeditar esta cuestión”, indicaron y declararon inadmisible el primer agravio.

Sobre el segundo, lo declararon admisible en forma excepcional y señalaron que “en este caso sí podría causar un agravio de imposible reparación ulterior”. Pero lo rechazaron sobre el fondo de la cuestión, ya que consideraron que la legislación indica que “la víctima podrá intervenir en el proceso por sí o por representante legal o mandatario, y sobre la base de las particularidades del caso (el tipo de delito y la carga que implica para la víctima estar en las audiencias) no existe duda sobre quién es su patrocinante y que su voluntad es continuar con el proceso".

El Tribunal de Impugnación también impuso las costas al acusado.

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