Su ex pareja le cortó la luz para que abandone la casa y una jueza ordenó al EPEN que se la restituya
La mujer vive en el hogar junto a hija de nueve años y su nieto de tres hace 23 años. El ex había sido excluido judicialmente de la vivienda.
Una vecina de Rincón de los Sauces fue víctima de un “intento de apriete” por parte de su ex pareja para abandonar la vivienda que habita desde hace 23 años. El hombre, que fue excluido judicialmente del hogar, solicitó el corte del servicio eléctrico, valiéndose de su condición de titular del inmueble para forzarla a abandonarlo. Tras realizar la denuncia, la jueza de Familia, Niñez y Adolescencia, María Vanina Sobisch, ordenó al Ente Provincial de Energía Eléctrica (EPEN) restablecer el suministro de luz.
La mujer vive en el domicilio junto a hija de nueve años y su nieto de tres. En la resolución, la magistrada señaló que en el caso se verificó “un interés tutelable”, dado que el acceso a la energía eléctrica constituye un servicio básico indispensable para el desarrollo de las actividades cotidianas, especialmente en un hogar donde reside un niño pequeño.
Además, destacó que la mujer habita la vivienda desde hace 23 años, lo que refuerza la necesidad de garantizar la continuidad del servicio.
Derechos Vulnerados
Sobisch subrayó “la necesidad de habilitar el servicio cuanto antes" para evitar la vulneración de los derechos de la mujer y de toda su familia. La jueza hizo especial hincapié en el nieto, que "merece un plus de protección por parte del Estado, correspondiendo que se le restituya el derecho a crecer y desarrollarse en debida forma”.
Además, relató que, en un primer momento, se acercó hasta la oficina local del EPEN para obtener el alta del servicio a su nombre. Sin embargo, aseguró que desde el organismo se negaron a efectivizar el pedido por no poseer el título ni la documentación que acredite la propiedad del inmueble.
Tras no encontrar una solución, se vio forzada a realizar la presentación ante la justicia.
Cambio de titularidad
Con este panorama, la jueza, ordenó al EPEN que se ejecute la reconexión del servicio en un plazo máximo de cinco días. Asimismo, resolvió que el medidor y el suministro de energía se restablezcan a nombre de la vecina “independientemente de quien pudiera figurar como titular registral del inmueble”.
Finalmente, la magistrada aclaró que la medida “no implica que el servicio sea suministrado de manera gratuita” ni que la denunciante se encuentre excluida de cubrir los gastos de las obras y el servicio de reconexión.
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