Al inscribirse al Régimen Simplificado, el contribuyente asume una serie de condiciones y compromisos. Si no los cumple, puede ser sancionado.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) advirtió que miles de contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, más conocido como monotributo, podrían ser sancionados y hasta expulsados si no cumplen con determinados requisitos, entre ellos no realizar compras de bienes o gastos personales que no sean compatibles con los ingresos declarados.
Esta medida apunta a detectar inconsistencias entre el nivel de vida de los monotributistas y los montos de la categoría en la que están inscriptos, una práctica que, según reveló el organismo que reemplazó a la AFIP, se repite cada vez con más frecuencia. Para evitar inconvenientes, la entidad recomienda llevar las cuentas al día, conservar comprobantes y respaldar los movimientos antes de realizar compras significativas.
Qué contribuyentes podrían ser expulsados del monotributo por la ARCA
Al adherirse al Régimen Simplificado, el contribuyente asume una serie de condiciones y compromisos. Y uno de los más importantes es no superar el tope de facturación anual. Cada categoría tiene límites de gastos que deben respetarse. Si no se cumplen, la ARCA puede disponer una “baja por exclusión”.
Los contribuyentes no pueden superar el límite de la categoría en la que se encuentran inscriptos.
Una de las inconsistencias más comunes se da en contribuyentes que figuran anotados en categorías bajas, como la A o la B, que tienen un límite de facturación anual de entre casi $9.000.000 y poco más de $13.000.000, pero registran adquisiciones de autos de alta gama, inmuebles o gastos en viajes y artículos personales, superando ampliamente su tope de ingresos.
El ente recaudador cruza datos con bancos, tarjetas y registros de propiedad buscando posibles incongruencias. Si se detectan y el contribuyente no puede justificar sus gastos, estará expuesto a sanciones, incluyendo la expulsión. Esto lo obligará a inscribirse como responsable inscripto o recategorizarse en una categoría más alta.
ARCA también puede disponer la exclusión si detecta ingresos que superen los topes de la categoría más alta, alquileres o superficies mayores a las declaradas, operaciones sin facturar, importaciones para reventa, depósitos bancarios que no coincidan con la actividad registrada, si desarrollan más de tres actividades simultáneas, posean varias unidades de explotación o estén incluidos en el registro de empleadores con sanciones laborales (REPSAL).
La ARCA cruza datos con bancos y tarjetas para detectar inconsistencias entre los contribuyentes.
Cómo recategorizarse en el monotributo, paso a paso
Los contribuyentes que superen el límite anual de facturación de la categoría en la que se encuentran anotados deberán obligatoriamente recategorizarse. Para hacerlo, hay que seguir los siguientes pasos:
- Ingresar CUIT y clave fiscal al sitio oficial del Monotributo ARCA
- Seleccionar la opción “Recategorización”
- Una vez dentro del portal, presionar el botón “Recategorizarme”: esta opción está habilitada solamente durante enero y julio, los únicos dos meses permitidos por normativa para realizar el trámite
- Revisar situación actual: el sistema mostrará la categoría actual y los topes de cada parámetro. Se recomienda consultar las escalas vigentes presionando el botón correspondiente antes de continuar
- Cargar los datos
- Ingresar el monto facturado en los últimos 12 meses
- Indicar si se utiliza un local comercial para desarrollar la actividad. En caso de que no corresponda, seleccionar “NO” y hacer clic en “Continuar”
- Verificar y confirmar
- El sistema propondrá una nueva categoría según los datos ingresados
- Verificar toda la información. Si hay errores, hacer clic en “Volver” y corregirlos. Si está correcto, finalizar el trámite presionando “Confirmar categoría”
La actualización del monotributo se hace cada seis meses y se utiliza el índice de inflación del INDEC.
Cómo quedaron las escalas del monotributo en noviembre 2025, según ARCA
Después de la última actualización, registrada en agosto pasado, las escalas del régimen simplificado quedaron de la siguiente forma:
- Categoría A: $8.992.597,87
- Categoría B: $13.175.201,52
- Categoría C: $18.473.166,15
- Categoría D: $22.934.610,05
- Categoría E: $26.977.793,60
- Categoría F: $33.809.379,57
- Categoría G: $40.431.835,35
- Categoría H: $61.344.853,64
- Categoría I: $68.664.410,05
- Categoría J: $78.632.948,76
- Categoría K: $94.805.682,90
De cuánto es la cuota de cada categoría del monotributo en noviembre 2025
La cuota mensual de cada categoría del régimen simplificado está compuesta por tres ítems: impuesto integrado, aporte al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y obra social. Cada componente se calcula según la categoría y el tipo de actividad (servicios o venta de bienes). Así, esto es lo que corresponde pagar de cuota mensual según cada categoría:
- Categoría A: $37.085,74 (tanto para servicios como para venta de bienes)
- Categoría B: $42.216,41 (tanto para servicios como para venta de bienes)
- Categoría C: $49.435,58 para prestación de servicios y $48.320,22 para venta de bienes
- Categoría D: $63.357,80 para prestación de servicios y $61.824,18 para venta de bienes
- Categoría E: $89.714,31 para prestación de servicios y $81.070,26 para venta de bienes
- Categoría F: $112.906,59 para prestación de servicios y $97.291,54 para venta de bienes
- Categoría G: $172.457,38 para prestación de servicios y $118.920,05 para venta de bienes
- Categoría H: $391.400,62 para prestación de servicios y $238.038,48 para venta de bienes
- Categoría I: $721.650,46 para prestación de servicios y $355.672,64 para venta de bienes
- Categoría J: $874.069,29 para prestación de servicios y $434.895,92 para venta de bienes
- Categoría K: $1.208.890,60 para prestación de servicios y $525.732,01 para venta de bienes
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