Sufre leucemia y la obra social rechazó la cobertura de un medicamento clave
Por la falta de cobertura, el afiliado de una obra social de Neuquén presentó una demanda judicial y tuvo fallo judicial favorable.
Demandaron a una obra social por no brindar cobertura total a un afiliado que sufre leucemia. El problema fue que no cubría al 100% el medicamento que debe tomar para combatir la enfermedad. Fue así que después de iniciar un largo derrotero judicial para conseguir justicia y mejorar su calidad de vida, el demandante tuvo una respuesta favorable a su reclamo.
Un fallo de la Cámara Civil de Apelaciones ordenó al Instituto de Seguridad Social de Neuquén que brinde la cobertura al 100 por ciento del medicamento que le había rechazado al demandante. De esta manera, ratificó una medida cautelar solicitada por el afiliado a través de una acción de amparo, informaron fuentes judiciales.
Desde el organismo se rechazó la resolución de primera instancia porque –sostuvieron- “no están reunidos los requisitos para hacer lugar a la medida cautelar” y, si bien reconocieron la patología, descartaron tener “la obligación de proveer específicamente el medicamento”. En ese sentido, indicaron que se “ha demostrado fehacientemente que existen tratamientos alternativos igualmente válidos y aprobados”.
Ante el recurso del ISSN, los magistrados Patricia Clerici y Pablo Furlotti, consideraron que “debe primar el respeto por la indicación de la médica tratante” porque “acredita la verosimilitud del derecho invocado, y el derecho del actor a que la obra social a la que pertenece le brinde la prestación farmacológica pertinente”.
Detalles del caso
Sin embargo, los integrantes de la Sala II de la Cámara hicieron lugar a un pedido de la obra social y limitaron la vigencia de la medida cautelar “a un lapso de seis meses contados a partir de la firmeza de este resolutorio”. Además, condicionaron su renovación “al diligenciamiento de la prueba pericial médica ofrecida por la parte demandada y a la presentación por parte de la médica tratante, de un informe actualizado sobre la evolución de la enfermedad del amparista”.
Se trata de un paciente con comorbilidades que imposibilitan un tratamiento de quimioterapia intensiva, por lo cual los profesionales optaron por un tratamiento de baja intensidad.
Los camaristas, por último, subrayaron “el peligro en la demora” determinado por el “avance lógico de la enfermedad, con compromiso de vida para el amparista, si no se acomete el tratamiento indicado”.
Otro revés judicial
Con anterioridad, la obra social de Neuquén tuvo que afrontar otro revés judicial. Fue hace pocos días atrás, cuando la Justicia de Neuquén rechazó el pedido de apelación del Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) y otorgó la jubilación por invalidez a una empleada municipal de Plottier que en 2019 sufrió un accidente cerebro vascular (ACV).
Según informaron fuentes judiciales, la mujer trabajaba desde 2011 en el área de Seguridad de la Municipalidad de Plottier. En 2019 fue diagnosticada con aneurisma cerebral y sufrió un accidente cerebro vascular. A raíz de las afecciones solicitó la jubilación por invalidez, la cual fue rechazada.
Cuando presentó su caso ante la Justicia, el Instituto de Seguridad Social de Neuquén (ISSN) presentó un recurso de apelación, pero la Justicia falló a favor de la damnificada.
La sala Procesal Administrativa del Tribunal Superior de Justicia ratificó un fallo de primera instancia que otorgó la jubilación por invalidez a una mujer de 62 años y rechazó el recurso de apelación interpuesto por el ISSN, que le había denegado el beneficio.
Te puede interesar...
Dejá tu comentario