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Lo máximo que podés sacar en efectivo del cajero automático, sin que ARCA te investigue en octubre 2025

La Agencia de Recaudación, ARCA, estableció los limites en octubre 2025 para las operaciones en cajeros automáticos, sin que impliquen un reporte a la entidad.

Con el avance del mundo digital, son cada vez son más las alternativas que aparecen y se utilizan para hacer operaciones económicas. Sin embargo, aún persisten muchas transacciones cotidianas que demandan el uso de dinero en efectivo y la consecuente necesidad de recurrir a los cajeros automáticos.

Frente ala existencia de billetes de baja denominación, son las entidades financieras las que determinan cuáles son los topes diarios de extracción, una cifra que está limitada por el tipo de cliente y del canal que se utilice para operar, mientras que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es la que define en qué situaciones una operación bancaria o digital debe ser informada a la entidad.

Los nuevos topes dispuestos por el ente ya están en vigencia y recaen sobre extracciones en cajeros, transferencias, plazos fijos, billeteras virtuales, así como también en compras de consumo final.

Los topes que estableció ARCA

De acuerdo con la normativa vigente, ARCA dispuso que los límites para las operaciones con dinero en efectivo sean las siguientes:

  • Extracciones de cajero automático: hasta $10.000.000 sin reporte automático. Si se supera, la entidad debe informarlo.
  • Personas físicas: hasta $50.000.000 para transferencias, saldos bancarios y billeteras virtuales.
  • Personas jurídicas: hasta $30.000.000 para esos mismos rubros.
  • Plazos fijos: hasta $100.000.000 para personas físicas y hasta $30.000.000 para jurídicas.
  • Compras como consumidor final: hasta $10.000.000 sin generar un control adicional.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $100.000.000 para personas físicas y hasta $30.000.000 para personas jurídicas.
  • Pagos: Hasta $50.000.000 en personas físicas y hasta $30.000.000 en personas jurídicas.

La resolución obliga tanto a los bancos tradicionales como a las plataformas digitales a ajustar sus sistemas para aplicar estos filtros antes de concretar los movimientos.

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Transferencias: cuáles son los montos que ARCA no revisa

El límite para transferencias o acreditaciones en cuentas bancarias y billeteras virtuales que estableció ARCA es de $50.000.000 para personas físicas y $30.000.000 para personas jurídicas. Esto quiere decir que cualquier transacción dentro de esos límites no generará reportes automáticos.

En el caso de que se superen esos valores, la entidad podrá solicitar información adicional. Los controles apuntan a "reforzar la transparencia, prevenir maniobras vinculadas con evasión o lavado de dinero y garantizar una mayor trazabilidad en los movimientos financieros de alto valor".

Qué pasa si se superan los montos establecidos por ARCA

En enero de este año, ARCA dispuso que los bancos y las aplicaciones financieras reporten periódicamente las operaciones específicas de sus clientes, entre las que se cuentan transacciones, saldos y consumos, cuando superen determinados montos.

Según informan en el sitio web oficial del organismo, los valores se actualizarán cada seis meses "sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC), conforme a los valores suministrados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), y lo publicará en junio y en diciembre de cada año. El nuevo valor será "de aplicación para las obligaciones cuyos vencimientos ocurran a partir del 1 de agosto y del 1 de febrero de cada año, según corresponda".

En el caso de que alguien supere los límites de extracción establecidos, el ente evaluará la situación de los contribuyentes y determinará los pasos a seguir. ARCA podrá requerir documentación que justifique el origen del dinero, elementos que deberán ser enviados a través del correo electrónico. Entre los documentos que se pueden pedir se cuentan los siguientes:

  • Recibos de sueldo.
  • Comprobantes de haberes jubilatorios.
  • Facturas emitidas en los últimos meses.
  • Constancia del monotributo.
  • Tickets de compra y venta.
  • Justificación de la venta de acciones o empresas.

La entidad informó que, en caso de que estos datos resulten insuficientes o encuentren inconsistencias, la investigación puede pasar a manos da Unidad de Información Financiera (UIF), encargada de analizar eventuales maniobras irregulares.

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