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La Mañana Federico Costich

Escándalo: el proceso contra Federico Costich se declaró nulo y vuelve todo para atrás

El tribunal que debía definir la pena contra el hombre que causó la muerte de su hijo cuestionó la labor de la fiscalía por incongruencias en la calificación.

El tribunal integrado por los jueces Carina Alvarez, Andrés Repetto y Gustavo Ravizzoli declaró nulo el acuerdo por el cual Federico Costich reconoció su responsabilidad en el incendio de su vivienda causando la muerte de su hijo Nazareno Jara.

Al momento de formular cargos, la fiscalía acusó al imputado por homicidio agravado por el vínculo y por haber causado un peligro común, delito que según el Código Penal prevé la pena de prisión perpetua. Posteriormente, en un procedimiento abreviado, las partes arribaron a un acuerdo en el que el acusado reconocía su responsabilidad pero por un delito considerablemente más leve: estrago doloso seguido de muerte. Esa calificación prevé una pena de entre 8 y 20 años de prisión.

Formulacion de cargos a Federico Costich (2).JPG

Durante la audiencia de determinación de la pena, la fiscalía volvió a describir el hecho como un homicidio calificado por lo que el tribunal, por unanimidad, consideró vulnerado el principio de legalidad, conforme al cual no se puede admitir un cambio de calificación atribuyendo un delito menos grave cuando la conducta descrita es la misma. “De este modo, de manera unánime, el tribunal declaró la nulidad del acuerdo homologado y dispuso la realización de una nueva audiencia de control de acusación”, precisaron desde el Poder Judicial provincial.

Audiencia de cesura

Lo resuelto por el tribunal se conoce a 72 horas de la realización de la audiencia de cesura, donde la fiscal Lucrecia Sola solicitó un castigo de 20 años de cárcel efectiva.

Durante el trámite, la fiscal fue acompañada por la asistente letrada Agustina Bouyer. Las dos forman parte de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas y, durante el juicio, dieron cuenta de un contexto de violencia de parte del condenado respecto de su hijo y de su hija.

Costich cometió ambos hechos en marzo de 2024 y había sido declarado responsable en el marco de un acuerdo de responsabilidad penal homologado este año.

fiscal sola
La fiscal del caso requirió que continúen las medidas cautelares por los riesgos procesales y el imputado por intento de femicidio llegue detenido al juicio.

La fiscal del caso requirió que continúen las medidas cautelares por los riesgos procesales y el imputado por intento de femicidio llegue detenido al juicio.

El pedido de pena, por otro lado, se realizó el martes pasado, luego de una serie de audiencias ante un tribunal integrado por los jueces Álvarez, Ravizzoli y Repetto.

Durante la audiencia, la fiscal recordó que el primero de los hechos ocurrió el 24 de marzo de 2024 en el domicilio de Costich en Neuquén, cuando agredió físicamente a su hija, en un contexto de violencia de género. En esa oportunidad, le provocó quemaduras en el rostro al rociarla con insecticida y prenderla fuego con un encendedor, luego de haberla golpeado y encerrado en la vivienda.

Incendio intencional

El segundo hecho que protagonizó Costich se produjo dos días después, el 26 de marzo del mismo año, también en la misma casa. Según la investigación, luego de una discusión con su hijo, Nazareno Jara, y tras consumir estupefacientes y alcohol, Costich inició un incendio intencional mientras Jara dormía en la planta alta. La víctima falleció como consecuencia del fuego.

La fiscalía calificó el accionar del condenado como lesiones leves doblemente agravadas por el vínculo y por violencia de género, en concurso real con privación ilegítima de la libertad agravada (primer hecho), y estrago doloso seguido de muerte (segundo hecho).

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