Cómo impacta la devaluación del peso en el precio de los alquileres
La caída del dólar oficial, los propietarios buscan cubrirse de la inflación pidiendo mayores aumentos en los nuevos contratos o las prórrogas de los vencidos
La devaluación del 20% del dólar oficial luego de las PASO impactó en el ya afectado mercado inmobiliario e hizo subir los alquileres más del 20% desde entonces, un incremento que se suma al 140% interanual que ya venían subiendo.
La brusca devaluación del dólar oficial, sumado a que el blue llegó a rozar los $800, obligó a los propietarios a cubrirse de la inflación pidiendo mayores aumentos en los nuevos contratos o las prórrogas de los vencidos.
La combinación de alta inflación, devaluación, incertidumbre económica, y la Ley de Alquileres generaron la actual falta de unidades para alquilar, ya que los propietarios no están dispuestos a alquilar por tres años con ajustes anuales. De hecho, desde el sector inmobiliario aseguraron que en CABA antes de la Ley de Alquileres había 20.000 ofertas y hoy hay menos de 900. Además, viene aumentando la cantidad de alquileres temporarios porque los propietarios obtienen así ingresos en dólares.
En este escenario, en el sector inmobiliario despertó expectativas la reforma de la Ley de Alquileres aprobada esta semana en Diputados, cuyas modificaciones fundamentales fueron la duración de los contratos y la actualización de precios.
El proyecto aprobado, que aún deben pasar por un Senado donde el kirchnerismo controla las principales comisiones, prevé que los contratos vuelvan a ser de dos años y que los ajustes de precios podrán hacerse entre 4 y 12 meses.
El plazo mínimo de dos años no será válido para ciertos tipos de alquiler, como contratos diplomáticos y unidades amuebladas destinadas a “turismo, descanso, y cualquier otro fin temporario”.
Para los ajustes, las partes deberán convenir un mecanismo al inicio del contrato, que puede ser a través del Indice de Precios al Consumidor (IPC), el Indice de Precios Mayoristas (IPM), o el Índice de Salarios (IS) medidos por el INDEC, o una combinación de estos índices.
Sobre las reparaciones de la unidad, algo que suele generar disputas, el propietario deberá hacerse cargo de los casos urgentes en no más de 24 horas y si no hay urgencia el máximo serán 10 días corridos. Si transcurridos esos plazos no hay respuesta, el inquilino puede hacerse cargo de las reparaciones pero los costos quedarán a cargo del propietario.
El inquilino podrá cancelar anticipadamente el contrato si transcurrieron al menos seis meses, con la debida notificación al propietario al menos un mes antes. Si cancela en el primer año, deberá abonar el equivalente a un mes y medio de alquiler, mientras que al segundo año será de un mes. Si la cancelación se hace notificando más de tres meses antes y luego de haber transcurrido seis meses de contrato, no deberá pagarse indemnización.
Respecto al propietario, por un estará obligado a a declarar todos los contratos ante la AFIP. También se modifica la ley vigente que establece que no puede ser monotributista quien tenga tres unidades en explotación: así, la administración de inmuebles se considerará una sola unidad de explotación por más que haya varias propiedades. Por otra parte, las propiedades destinada a alquiler no pagarán Bienes Personales y las transacciones hechas por la locación no abonarán Impuesto al Cheque.
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