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La Mañana condena

Confesión y condena por abuso sexual, pero no va preso: "Manosee a mi sobrina, me vengo a entregar"

El hombre admitió los hechos en una comisaría y lo ratificó en un juicio abreviado. Además de la pena en suspenso, deberá pagar una multa. Ocurrió en Barda del Medio.

Un hombre fue condenado a tres años de prisión condicional tras confesar que abusó de dos menores integrantes de su familia. La pena es en suspenso, por lo que no irá preso en esta instancia. Aunque deberá cumplir pautas de conducta que incluyen la prohibición de acercamiento y el pago de 200 mil pesos en concepto de reparación económica.

Los ataques ocurrieron en noviembre de 2022 en la localidad de Barda del Medio, donde las víctimas -hermanitos de 4 y 8 años de edad- y su madre compartían una vivienda con el acusado, identificado como CAT, junto a otros familiares.

La fiscal Judith Saccomandi describió dos hechos en la acusación. El primero ocurrió la noche del 28 de ese mes cuando el niño luego de haber sido bañado por su madre y en momentos en que se quedó solo fue abordado por el tío, quien “con intenciones de menoscabar su integridad sexual” le tocó con sus manos los genitales mientras le decía ''Pichón de Picuru''.

Pero no frenó ahí su perversión, porque en la madrugada siguiente abordó a la chiquita de 8 años. Ambos dormían en la misma cama y la comenzó a tocar en la entrepierna por debajo de ropa. Sus manoseos hicieron que la niña se despertara y alertara a su madre, que descansaba en una cama vecina. Entonces la mujer le pidió que se fuera de la casa. Posteriormente lo denunció penalmente en la Subcomisaría 61 de Barda del Medio.

Fue a una comisaría y se autoincriminó

Lo llamativo es que a primera hora de la mañana del día siguiente, el 29 de noviembre, el hombre ingresó a la Comisaría 13 de la localidad neuquina de San Patricio del Chañar y espontáneamente manifestó "manosee a mi sobrina, me vengo a entregar". De inmediato, el efectivo que lo atendió alertó a la fiscalía de turno.

A esa misma unidad policial también acudió el padre de la criatura y radicó una denuncia penal luego de que le contara que el tío la había manoseado.

La justicia rionegrina, que intervino porque todo ocurrió en Barda del Medio, imputó a CAT por el delito de “abuso sexual agravado por la convivencia del menor de edad, en concurso real (dos hechos)”.

En el transcurso de la investigación, la fiscal Saccomandi y el abogado pablo Barrionuevo, defensor particular del acusado, comunicaron que habían convenido cerrar la causa en un juicio abreviado, con el consentimiento de la defensora de Menores, Alicia Merino.

Acuerdo admisible

La propuesta de resolución alternativa fue analizada por el juez Guillermo Merlo, quien la declaró admisible y dictó el fallo en los términos consensuado entre las partes.

Destacó que se habían reunido pruebas contundentes para considerar que el acusado era culpable de los hechos enrostrados. Mencionó el testimonio de los niños en cámara Gesell, como también el de los padres denunciantes, el del policía que escuchó la confesión de CAT y los informes presentados por las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI) del Cuerpo de Investigación Forense.

El magistrado también avaló la pena planteada, por encontrarse “dentro de los límites legales” como también las pautas de comportamiento al considerar que “aparecen ser las eficaces para evitar nuevos hechos”. En este marco, admitió la reparación económica de $200.000 que se hizo efectiva en la misma audiencia.

Pautas de conducta

El acuerdo arribado entre las partes incluyó además de los tres años de prisión condicional el cumplimiento de pautas de conducta por el mismo lapso de tiempo.

CAT tiene prohibido acercarse a sus sobrinos víctimas ni cualquier tipo de contacto. También tendrá que someterse al control de la Dirección de la Población Judicializada de la provincia de Neuquén. Además, debe mantener domicilio, no cometer nuevos delitos ni consumir bebidas alcohólicas o drogas en la vía pública.

Le advirtieron que en caso de incumplimientos le revocarán automáticamente la condicionalidad de la pena y la deberá cumplir tras las rejas.

El fallo también estableció la tramitación de su inclusión en el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS). Asimismo, reguló los honorarios que le deberá abonar a Barrionuevo, quien detalló “pormenorizadamente todas las tareas realizadas en el derrotero del caso”.

Fractura familiar

Los abusos cometidos y reconocidos por el tío causaron una enorme conmoción en la relación parental que podría ser irreconciliable.

Lo advirtió la madre de las víctimas al expresarse en la audiencia. Dijo que el hecho “había sido grave y que había generado una fractura familiar imposible de ser solucionada”.

La mujer manifestó que era de su interés participar en el trámite de ejecución y pidió que se le informe de todo lo que ocurriese en el expediente.

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