Fallan a favor de los damnificados de planes de ahorro de autos
Desde la Dirección Provincial de Protección al Consumidor informaron que la Justicia Civil falló a favor de los ahorristas y sancionó administrativamente a seis empresas de planes de ahorro por el desmedido aumento del valor de las cuotas.
“El juzgado Civil N° 1 sancionó a las empresas administradoras de planes de ahorro en virtud de entender que habían vulnerado los artículos 4° (deber de información), 8° bis (trato digno) y 37° (cláusulas abusivas) de la Ley de Defensa del Consumidor”, aseguró la directora provincial de Protección al Consumidor, Miryam Zurita, en declaraciones a LU5.
La funcionaria recordó que el trámite lo presentó un grupo de ahorristas, que realizó una petición colectiva, durante el año 2019 ante la Dirección de Protección al Consumidor. Dijo que el trámite atravesó diferentes instancias administrativas hasta alcanzar la Justicia de la esfera civil. “Con mucha alegría, hace pocos días pudimos obtener la sentencia donde la Justicia hizo lugar a nuestro pedido. A nuestro entender, claramente los ahorristas estaban siendo vulnerados en estos articulados de la ley”, agregó Zurita.
Zurita aclaró que la sanción es administrativa, por lo que no influye en las cuotas de los ahorristas pero, al sentar jurisprudencia, les allana el camino a las damnificadas y damnificados por los planes de ahorro para presentar, con la ley y la sentencia favorable de esta Disposición, el reclamo judicial pertinente por el aumento desmedido de cuotas.
Desde el organismo provincial indicaron que el Juzgado N° 1 confirmó la disposición sancionatoria N°10/21 por la cual se condena a seis de las siete administradoras imputadas: Volkswagen S.A. de ahorro para fines determinados; como así también FCA S.A.; Plan Rombo S.A.; Chevrolet S.A.; y Plan Ovalo S.A. y Círculo de Inversores S.A.
Puntualizaron que solamente a una proveedora –Toyota- le hicieron lugar a su recurso de apelación, entendiendo que la misma no había sido debidamente notificada desde los inicios de la queja en cuestión (esto es, desde el año 2019) no pudiendo participar de las mesas de conciliación que se hicieron a tal fin.
“Desde Protección al Consumidor estamos sumamente satisfechos con este fallo porque por fin se le dio curso a un reclamo que ya llevaba más de un año y medio sin resolución. Esto sienta un precedente enorme porque es una instancia nunca antes vista en todo nuestro país que va a permitir que la Justicia revea muchos de los casos de los suscriptores de los planes de ahorro”, cerró Zurita.
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