Jurado popular para los acusados de balear al taxista Sisterna
Los cuatro acusados por la grave balacera entre dos bandos ocurrida en el barrio Cuenca XV en agosto de 2020, y en la que casi fallece el taxista Miguel Ángel Sisterna, serán juzgados por un jurado popular. Así lo resolvió una jueza de garantías, en línea con lo requerido por la parte acusadora.
Este miércoles se realizó la segunda etapa de la audiencia de control de acusación, en la que se debatió la prueba a presentar en el juicio. En primera instancia, la jueza Carina Álvarez resolvió respecto del pedido realizado por la fiscal Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, quienes requirieron la elevación a juicio ante un jurado popular.
En este sentido, cabe recordar que según la teoría acusatoria, la tarde del 7 de agosto de 2020, en inmediaciones del barrio Cuenca XV, los acusados Hugo Sura, Joel Gutiérrez, Leonardo Rosas Altamirano y Franco Padilla persiguieron a bordo de una Toyota Hilux a otros cuatro individuos que circulaban a bordo de un Citroën C3, con quienes mantenían una disputa. Cuando los tuvieron en su mira, dispararon repetidamente, al menos 12 veces, en plena vía pública, y en esas circunstancias, una bala alcanzó al taxista Miguel Sisterna, quien llevaba a un pasajero.
Es por esto que la fiscalía les endilga los delitos de tentativa de homicidio doblemente agravado, por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de armas de fuego (por la agresión al bando antagónico), y de lesiones gravísimas agravadas por el uso de arma de fuego (contra el taxista). Los abogados querellantes que representan a las víctimas, Mario Rodríguez Gómez y Gabriel Gutiérrez, adhirieron a lo solicitado.
Por su parte, los abogados defensores Laura Plaza, Facundo Trova, Ricardo Mendaña y Elio García, se opusieron a distintos aspectos, desde la calificación endilgada hasta el dolo del accionar.
Sin embargo, la jueza manifestó: "El suceso del 7 de agosto de 2020 debe subsumirse según lo propone la fiscalía. En primer lugar, analicé el sustrato fáctico que se mantuvo desde la formulación de cargos y voy a admitir que se debata en juicio un accionar doloso puesto que se investigó y así lo indica la información que hay".
En este sentido, señaló que "esa tarde los imputados fueron en la Hilux del padre de Rosas Altamirano; buscaron a las víctimas, los persiguieron y les dispararon más de 12 veces en la vía pública con armas de grueso calibre, transitando una arteria sumamente transitada". Al menos cuatro de esos disparos impactaron contra la luneta del auto de las víctimas y otro de ellos al taxista, en el cruce de calles Casimiro Gómez y Cabellera del Frío.
"El hecho importó un atentado directo contra la vida de esos jóvenes y el resultado no se alcanzó por causas ajenas a los imputados. La pauta que tomé en esta etapa de control es la existencia del dolo homicida y las circunstancias lo aportan", expresó, y agregó: "Entiendo y concluyo que asumieron la posibilidad que algunos de los 12 disparos que efectuaron impactaran en las víctimas o en otros transeúntes".
También, respecto de las lesiones gravísimas contra el taxista que se convirtió en una víctima circunstancial, calificación que la defensa pidió ser morigerada a la de abuso de arma, Álvarez señaló que sostenía lo solicitado por la acusación dado que "la entidad y calidad de las lesiones de Sisterna conforman la calificación".
Por todo esto, dictó la elevación a juicio de la causa por la calificación requerida y con la intervención de un jurado popular.
Posteriormente, cada parte tomó su turno para enumerar la prueba documental, peritos y testigos que expondrán en juicio, lo cual incluirá a numerosos efectivos policiales que participaron de las distintas intervenciones y tareas investigativas, testigos expertos y otros que aportarán información sobre el hecho y los días posteriores cuando se inició la procura de los autores de la balacera.
Ahora, la Oficina Judicial deberá agendar las jornadas de debate y las audiencias previas para la selección de jurado.
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