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Estos son los montos de transferencias que controlará ARCA desde septiembre 2025

El ente recaudador, ARCA, actualizó los límites de las operaciones que pueden ser investigadas ante un posible delito. Todas las cifras.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) es el ente estatal encargado de monitorear las transferencias y los movimientos de dinero de los contribuyentes, ya sea a través de bancos o billeteras virtuales. Así, busca determinar el origen de esos fondos y evitar posibles delitos.

Recientemente, el Gobierno nacional actualizó los límites de las operaciones que pueden caer bajo la lupa de la ARCA, especialistas en montos de dinero muy elevados.

A partir de qué montos puede investigar la ARCA en septiembre 2025

Desde mediados de 2025, la ARCA dispuso nuevas reglas para garantizar la transparencia en transferencias, consumos y movimientos bancarios. Con estos cambios, estableció nuevos límites en los que los bancos y billeteras virtuales tienen la obligación de reportar las operaciones sospechosas. Por eso, es muy importante saber hasta dónde se puede mover dinero sin que se active un control automático.

Se trata de transferencias virtuales a través de Modo desde la cuenta del banco hacia un mismo Cuit.
La ARCA actualizó los montos de transferencias, compras y operaciones.

La ARCA actualizó los montos de transferencias, compras y operaciones.

Así son los topes que se encuentran vigentes en septiembre 2025 para las distintas operaciones:

  • Transferencias o acreditaciones: no se solicitará información en movimientos menores de $50 millones para personas físicas y de $30 millones para personas jurídicas.
  • Extracciones en efectivo: límite de $10 millones para personas físicas y de $10 millones para jurídicas.
  • Saldos bancarios: se elevan a $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.
  • Plazos fijos: $100 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.
  • Transferencias y acreditaciones en billeteras virtuales: $50 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.
  • Tenencias en sociedades de bolsa: $100 millones para personas físicas y $30 millones para personas jurídicas.
  • Compras de consumidor final: $10 millones para ambos rubros.

Arca: qué pasa si supero los límites fijados en una operación

Si se supera el nuevo tope establecido para una operación, los bancos y las billeteras virtuales tienen la obligación de informar al ARCA. En este punto, el ente recaudador puede iniciar una investigación sobre el contribuyente, buscando analizar si sus gastos son congruentes con sus ingresos.

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Ante una operación sospechosa, la ARCA está habilitada a pedir documentos que la respalden.

Ante una operación sospechosa, la ARCA está habilitada a pedir documentos que la respalden.

Como parte de su verificación, la ARCA solicitará documentos que respalden el origen de los fondos. Entre esos papeles están:

  • Facturas de compra y venta
  • Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa
  • Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios
  • Facturación de los últimos meses
  • Constancia del monotributo
  • Certificado de fondos emitido por un contador público
  • Declaratoria del heredero

Qué pasa si no logro justificar el dinero de una operación

Ante la falta de documentos que acrediten el origen lícito de una operación, la ARCA tiene la facultad de aplicar sanciones que llegan hasta al bloqueo temporal de las cuentas.

Los movimientos más dudosos incluso pueden motivar la elevación de un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF) para investigar posibles delitos, como lavado de dinero o evasión fiscal.

En el caso de un monotributista, si se detecta que tiene gastos elevados que no corresponden con la categoría en la que se encuentra inscripto, el organismo está habilitado a intimarlo a recategorizarse o pasar directamente al Régimen General, lo que puede desembocar en multas e intereses.

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En el caso de un monotributista, si sus gastos no corresponden a la categoría que pertenece, puede ser obligado a recategorizarse.

En el caso de un monotributista, si sus gastos no corresponden a la categoría que pertenece, puede ser obligado a recategorizarse.

Los montos para investigar evasión, a un paso de actualizarse

A fines de agosto, la Cámara de Diputados le dio media sanción al proyecto de reforma del Régimen Penal Tributario que actualiza los valores a partir de los cuales la ARCA puede investigar delitos de evasión tributaria.

La iniciativa, que ahora debe ser tratada por el Senado, propone como principal cambio la eliminación de los montos nominales en pesos y su sustitución por unidades fijas (UF). En ese sentido, se utilizará el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) como referencia de actualización, buscando evitar que los umbrales queden desactualizados por la inflación con el correr del tiempo.

Con el salario mínimo ubicado en $ 322.200 en septiembre 2025, los nuevos límites que aún debe aprobar el Senado serían los siguientes:

  • Evasión simple: cuando se superen los 345 SMVM (unos $111.159.000) por ejercicio anual. La pena es de 2 a 6 años de prisión.
  • Evasión agravada: cuando se superen los 3.450 SMVM (unos $1.111.590.000), con agravantes específicos como el uso de sociedades interpuestas, beneficios fiscales indebidos o facturas apócrifas. La pena es de entre 3 años y medio y 9 años de prisión.

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