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La Mañana ley de tierras

Senado: a qué hora sesiona y qué temas debatirá tras la eliminación de la reforma de tierras

Sin el capítulo de extranjerización de las tierras, debatirán este jueves el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, con varios cambios.

El Senado sesionará este jueves desde las 14 para debatir el proyecto de inviolabilidad de la propiedad privada, luego de que el oficialismo retirara del temario el capítulo que modificaba la Ley de Tierras. La iniciativa que llegará al recinto mantiene reformas al Código Civil y Comercial sobre desalojos, cambios en el régimen de expropiaciones, modificaciones a la Ley de Manejo del Fuego y a la regularización dominial de viviendas.

La eliminación del capítulo sobre extranjerización de tierras respondió a la falta de apoyo de los gobernadores a la propuesta impulsada por el Gobierno, que buscaba flexibilizar las condiciones para la compra de tierras rurales por parte de empresarios extranjeros, aunque mantenía un límite del 25% de la superficie en manos de personas o empresas del exterior. Semanas atrás, el oficialismo también había retirado del proyecto la reforma a la ley de barrios populares.

Participación virtual

Antes de iniciar el tratamiento del proyecto, el Senado deberá resolver los pedidos de participación virtual de la senadora de Unión por la Patria Anabel Fernández Sagasti y del radical Flavio Fama, ambos autorizados por la vicepresidenta Victoria Villarruel, aunque sujetos a la aprobación del pleno.

Fernández Sagasti solicitó intervenir a distancia debido a que cursa la semana 32 de embarazo y no puede viajar desde Mendoza hacia Buenos Aires. En tanto, Fama pidió la misma modalidad luego de haber sido operado de una rodilla, lo que le impide trasladarse.

La Cámara alta deberá definir además qué mayoría será necesaria para habilitar esas participaciones remotas. Mientras el oficialismo sostiene que se requieren dos tercios de los votos, otros sectores consideran que alcanza con una mayoría simple, ya que el sistema virtual utilizado durante la pandemia nunca fue incorporado al reglamento del Senado.

Desalojos exprés

Uno de los principales puntos del proyecto introduce cambios en el Código Civil y Comercial para agilizar los desalojos de inmuebles usurpados o ocupados por tenedores precarios.

La propuesta establece que el juez podrá ordenar la restitución inmediata del inmueble cuando el derecho invocado por el propietario resulte verosímil y este presente la documentación que acredite su titularidad. Además, podrá intimar la devolución del bien dentro de las 72 horas de presentada la solicitud.

En el caso de los inquilinos con deudas, el procedimiento será diferente. El propietario deberá enviar previamente una carta documento y otorgar un plazo mínimo de diez días corridos desde la notificación para regularizar el pago antes de iniciar el proceso de desalojo.

Cambios en las expropiaciones

El proyecto también modifica el régimen de expropiaciones. Entre los cambios, establece que la declaración de utilidad pública deberá interpretarse de manera restrictiva y que el Estado tendrá que fundamentar expresamente las razones que justifiquen esa medida.

Además, fija un tope del 30% para las indemnizaciones por lucro cesante, un límite que no figuraba en la versión original del proyecto. También determina que los intereses se calcularán tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor más la tasa del Banco Nación a 30 días.

Reforma de la Ley de Manejo del Fuego

La iniciativa propone derogar el artículo que impedía durante 30 años cambiar el uso de predios rurales afectados por incendios en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y áreas periurbanas.

En el caso de los bosques nativos, se mantiene la prohibición de modificar el uso y destino de las superficies incendiadas, aunque se elimina el plazo de 60 años previsto en la legislación vigente.

Regularización de escrituras

Otro de los capítulos modifica la denominada ley "Pierri" de regularización dominial. La reforma permitirá acceder a la escritura de la vivienda única a quienes acrediten una posesión pública durante los diez años previos, con el objetivo de facilitar el acceso al título de propiedad para familias que ocupan esos inmuebles desde hace tiempo.

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