Tiene 33 años y la columna de un hombre de 60
La justicia odenó a una aseguradora que deberá indemnizar a un trabajador por lo que determinó una pericia médica. Qué le pasó.
Una pericia médica determinó que tras 13 años desempeñándose como chofer de vehículos de gran porte, un camionero de 33 años tiene una columna equivalente a la de una persona de 60 años. Como consecuencia, la justicia neuquina ordenó a una aseguradora que deberá indemnizarlo por incapacidad física.
Los magistrados Patricia Clérici y Pablo Furlotti, integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería, fallaron a favor del conductor de camiones y una aseguradora deberá compensarlo económicamente. De esta manera, los jueves ratificaron el fallo de primera instancia.
Qué dice la pericia médica
Estableció que presenta una columna equivalente a la de una persona de casi el doble de edad y que no debería ser así a menos que “factores externos influyeran para acelerar los procesos, como son las vibraciones de cuerpo entero”.
Desde el Poder Judicial indicaron que el profesional a cargo del estudio consideró que, en virtud de las tareas realizadas, el chofer estuvo expuesto, además, a otros “agentes de riesgo como lo son las posiciones forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo”.
Ante esto, los magistrados consideraron que “surge en forma palmaria el nexo causal entre el suceso y las secuelas que padece, todo ello como consecuencia de los factores de riesgos a los que se vio sometido el actor durante el tiempo que trabajó como chofer de camión”.
La explicación de la aseguradora
En contrapartida, la aseguradora sostuvo que “en la actualidad los choferes no se encuentran sometidos a vibraciones por el tipo de butacas”. Esto fue descartado por los camaristas, dado que “no alcanza a desvirtuar la afirmación del actor y del perito, ya que se desconoce desde cuándo habría comenzado a utilizar dichas butacas ni el tipo o condiciones en que se encontraban las unidades que manejaba”.
En primera instancia, la jueza laboral Sheila Lischinsky había ponderado que las tareas del trabajador incluían el traslado de “cargas peligrosas y camiones de riesgo por terrenos de piedra, en yacimientos con caminos en mal estado, expuesto a vibraciones constantes del cuerpo entero”. Esta situación es la que habría acelerado “un proceso degenerativo que ocurre a medida que se envejece.”
Lischinsky definió una importante indemnización para el camionero, no sólo por sus padecimientos físicos, dado que también señaló que “presenta síntomas y signos compatibles con una dolencia psicológica, atribuible al hecho traumático por tener que transitar por estos padecimientos físicos”.
Trabajador despedido con licencia médica
En el fuero laboral, pero de la vecina provincia de Río Negro, un fallo reciente de la Cámara del Trabajo de Cipolletti puso en evidencia una grave vulneración de derechos laborales en el sector petrolero. Un trabajador fue despedido sin causa mientras atravesaba un tratamiento médico por un cuadro de depresión, y ahora la empresa deberá indemnizarlo por múltiples incumplimientos.
La sentencia estableció que el despido se produjo mientras el empleado se encontraba con licencia médica justificada, hecho que quedó debidamente probado en el expediente a través de certificados emitidos por profesionales de la salud mental. Pocos días después de haber notificado su diagnóstico y presentado la documentación médica correspondiente, la empresa SPS decidió cesantearlo sin alegar motivo alguno.
Durante el proceso judicial, se acreditó que el vínculo laboral comenzó en agosto de 2021, bajo la categoría de ayudante, encuadrada en el convenio colectivo del sector petrolero. Sin embargo, con el correr del tiempo, el trabajador asumió mayores responsabilidades dentro de la firma, llegando incluso a desempeñarse como encargado de compras.
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