Se reglamentó la ley que libera las extracciones de la cuenta sueldo
El textolleva la firma del vicepresidente y titular del Senado, Julio Cobos, el titularde
En lanueva norma se establece que "las remuneraciones en dinero debidas altrabajador deberán pagarse, bajo pena de nulidad, en efectivo, cheque a laorden del trabajador para ser cobrado personalmente por éste o quien él indiqueo mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria oen institución de ahorro oficial".
"Dichacuenta especial -continúa el texto- tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajoningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para eltrabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondosen todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractivaempleada"
Deacuerdo a un matutino porteño, hasta hoy los bancos estaban limitados a conceder unmínimo de cuatro extracciones de fondos de sus cuentas de manera gratuita,siempre y cuando esos movimientos fueran realizados en cajeros de la entidad.
Así loestablecía una reglamentación que ahora el Banco Central (BCRA) deberá adecuaral nuevo marco legal vigente, lo que está previsto que ocurra en los próximosdías
El textoaprobado puntualiza que otras modalidades de pago deberán ser supervisadas porla autoridad de aplicación, y eventualmente "el pago que se formalizaresin dicha supervisión podrá ser declarado nulo".
"Entodos los casos el trabajador podrá exigir que su remuneración le sea abonadaen efectivo", subraya la ley que acaba de ser promulgada.


