Avanza una ordenanza que fija a las salas la obligación del ingreso de luz solar y la colocación de relojes visibles.
La comisión de Legislación General, Poderes, Peticiones, Reglamento y Recursos Humanos del Concejo Deliberante de Neuquén avanzó en el tratamiento de un proyecto que obliga a los casinos y salas de juego a realizar obras que permitan el ingreso de luz solar en las salas y la colocación de relojes.
El objetivo es evitar la adicción al juego, a partir de que los espacios oscuros y la sensación de atemporalidad la pueden favorecer.
Lo que avanzó en el Concejo al tomar estado parlamentario, y para que esto se haga efectivo, es la modificación de un artículo de la ordenanza 14448, que se aprobó el año pasado y que establecía ciertas modificaciones edilicias que los casinos, bingos y salas de juego, en algunos casos, no podían cumplir.
Con esta modificación, que cambia la redacción del mencionado artículo, se establece “la obligación de que toda sala de juego de casinos, bingos, máquinas, tragamonedas y similares situada en la ciudad de Neuquén, cuente con relojes visibles cada 10 metros y ventanas de cristal u otros materiales transparentes que permitan un ingreso adecuado de la luz solar de al menos un metro cuadrado de superficie, emplazadas a una distancia de no más de 5 metros entre sí o, en su defecto, deberá contar con aberturas de ingreso de luz natural con una superficie no menor al 3% de la superficie total de la sala de juego (esto último es lo que se agrega como alternativa)”.
El proyecto, que lleva la firma del intendente Mariano Gaido, modifica un artículo de una ordenanza que había sido aprobada a fines del año pasado y cuyo autor fue el concejal Juan Peláez, pero no cambia lo sustancial, con el propósito de que se cumpla la norma.
De hecho, lo que se sostiene en los argumentos de este proyecto es que el objetivo principal pasa por “evitar que no existan en las salas de juego los espacios oscuros en los que impera una especie de atemporalidad, de pérdida de noción de tiempo, ya que al contar con poca luz natural las personas están aisladas y pierden vinculación con el exterior, estando en contacto únicamente con las máquinas, las máquinas y los dispositivos”, además de “las luces y ruidos que las mismas generan favoreciendo ello, en definitiva, a la ludopatía”.
En el mismo escrito se indicó que “en algunos inmuebles donde funcionan salas de juego, debido a la contextura física de los mismos, podría resultar imposible cumplir con este artículo 1 de la ordenanza y poder instalar ventanas a una distancia de no más de 5 metros entre sí, atento a que sólo cierta fracción del mismo podría lindar con el exterior o la colocación de tantas ventanas podría afectar la estructura del inmueble en cuestión, como así también sus elementos de seguridad y vigilancia”.
Y que, por este motivo, se considera necesario modificar ese artículo “a fin de compatibilizar la obligación que poseen las salas de juego de casinos, bingos, máquinas, tragamonedas y similares de permitir el ingreso de la luz solar para que quienes juegan tengan una mejor noción del paso del tiempo con las condiciones edilicias de que cada uno de los inmuebles en donde funcionan tales salas”.
Adicciones
En los considerandos de la ordenanza original se recordó que, según la OMS, la ludopatía o juego patológico es “una enfermedad, un trastorno mental, una patología compulsiva, incurable y progresiva, que se instala en cualquier persona sea esta joven, adulto, mayor, hombre o mujer”.
A su vez, se citó también a la Fundación WGM para la prevención de la ludopatía, que sostiene en su sitio web que “el juego problemático es un comportamiento relacionado con el juego que causa trastornos en cualquiera de las áreas principales de la vida de los individuos: psicológica, física, social, vocacional, caracterizándose por las dificultades en la limitación del dinero y/o tiempo".
Y el artículo 18 de la Ley Provincial Nº 2751, la cual dispone implementar todas las medidas conducentes a promover el juego responsable y prevenir el juego compulsivo. En ese sentido, hay otra ordenanza sancionada en 2021 que obliga a las salas de juego a instalar carteles adecuadamente visibles con la leyenda "Jugar compulsivamente es perjudicial para la salud".
Es una obligación para casinos, bingos y máquinas tragamonedas públicas o privadas, como así también en los locales de quiniela y lotería.
Es por esto que se propició ampliar la exigencia existente para cada sala de juego de casinos, bingos, máquinas, tragamonedas y similares de implementar estas medidas.
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