Petroleros exceptuados: ¿quiénes pagarán Impuesto a las Ganancias en Neuquén?
Estiman que la cantidad de neuquinos alcanzados por el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría oscilaría entre 20 y 30 mil trabajadores. ¿Qué pasa con docentes y estatales?
Estiman que la cantidad de neuquinos alcanzados por el Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría oscilaría entre 20 y 30 mil trabajadores. La reglamentación de la norma aprobada dentro del Paquete Fiscal asociado a la Ley Bases dejó sin efecto la imposición a los petroleros de pozo.
En el sector público, los médicos y demás profesionales de la salud de los hospitales y centros de salud son los más afectados en proporción, pero los mínimos no imponibles también atraparán porcentajes salariales de docentes con dos cargos o directivos con adicionales por zona y de muchos trabajadores de mediana y alta jerarquía en las empresas eléctricas, de agua y gas.
A partir de este mes, los salarios están gravados por la Ley que fue reglamentada por un decreto publicado este lunes en el Boletín Oficial.
Impuesto a las Ganancias por sectores
El artículo séptimo del Decreto 652/2024 establece la excepción del pago del Impuesto a las Ganancias para el personal de pozo de la industria petrolera. Precisa a quiénes alcanza la excepción, que ahora se aplicará entre los jefes de Recursos Humanos de las empresas y las autoridades impositivas del gobierno nacional.
Para el Sindicato de Petroleros Privados, que conduce Marcelo Rucci, prácticamente no quedaron afectados entre sus representados en la industria. La proporción de alcanzados por los descuentos puede crecer en el universo de representación del Sindicato de Trabajadores Jerárquicos, porque la excepción para la industria no protege a los administrativos.
Para el Estado Nacional, la recaudación de Ganancias de cuarta categoría implica ingresos equivalentes al 0,4% del PBI.
En el Estado provincial, la Asociación de Trabajadores del Estado, dirigida por Carlos Quintriqueo, tiene mandato de base para accionar como entidad ante la Justicia contra la reimposición del Impuesto a las Ganancias.
Por su lado, el gremio de los docentes ATEN incluyó el rechazo al descuento del gobierno nacional en el pliego de quejas de la doble jornada de paro con movilización empujada principalmente por la aplicación del presentismo. El sindicato de los profesionales de la salud acompañó la marcha con su rechazo a Ganancias.
"El trabajo no genera ganancia individual, el trabajo es producto de una tarea que se desempeña", declaró Marcelo Guagliardo, líder de ATEN provincial, respecto a la restauración de los descuentos a los salarios más altos. El docente pidió que se expanda a otros sectores la eximición de pago que le concedió el gobierno nacional a los petroleros. Además, advirtió que los descuentos a los salarios más altos afectará el consumo local.
"El Impuesto a las Ganancias va a tener consecuencias graves en Neuquén. No sólo porque impacta en el bolsillo de los trabajadores que se van a ver afectados, también va a tener una consecuencia directa en el circuito económico, en el consumo, es decir, ese dinero que hoy se está volcando al consumo no va a existir cuando se aplique la retención", cuestionó el sindicalista.
"Pequeños comercios, pequeños empresarios, sectores vinculados con la economía popular van a tener mermas en sus ventas como consecuencia de la golpe al bolsillo de cada trabajador y trabajadora que se vea afectado por el impuesto", pronosticó el gremialista docente.
Abolición del blindaje local
La Ley de Ganancias y su reglamentación avanzan con la imposición de Ganancias hasta los sectores que se habían alcanzado a blindar antes de que Sergio Massa eliminara el impuesto como medida proselitista en su fallida intentona presidencialista.
En Neuquén, los estatales en general estaban cubiertos en la vieja versión de Ganancias por los alcances de la ley provincial 3378, que fue el instrumento pactado por los gremios con los partidos dominantes de la escena local para gambetear los descuentos a favor del Tesoro de la Nación previstos por la normativa impositiva.
La ley neuquina dispuso que el 60% de los ingresos de los empleados era el sueldo, mientras el 40% restante correspondía a dedicación funcional. Este último concepto, quedaba exceptuado para el cálculo del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
En el apartado del Paquete Fiscal de Javier Milei que aprobó el Congreso en un trámite polémico para reinstalar Ganancias se derogó la vigencia de todas las normativas provinciales destinadas a desgravar ingresos salariales. En concreto, todo el sueldo se considera ahora para definir quién paga y quién no el tributo.
Cuánto paga cada estrato
Trabajador soltero
$1.900.000 de remuneración bruta- alícuota máxima del 5% (retención $4.500).
$2.000.000: alícuota máxima del 9% (retención: $10.940)
$2.100.000: alícuota máxima 12% (retención: $19.880)
$2.200.000: alícuota máxima 15% ($30.800)
$2.300.000: alícuota máxima 15% ($44.142)
$2.400.000: alícuota máxima 19% ($61.979)
$2.500.000: alícuota máxima 19% ($80.979)
$2.600.000: alícuota máxima 19% ($99.979)
$2.700.000: alícuota máxima 19% ($118.979)
$2.800.000: alícuota máxima 23% ($138.817)
$3.200.000: alícuota máxima 23% ($230.817)
$3.300.000: alícuota máxima 27% ($256.655)
$3.900.000: alícuota máxima 27% ($418.655)
$4.900.000: alícuota máxima 35% ($728.493)
$5.100.000: alícuota máxima 35% ($797.830)
$5.500.000: alícuota máxima 35% ($937.830)
Trabajador casado
$2.100.000: alícuota máxima 5% (retención: $216)
$2.200.000: alícuota máxima 5% ($4.366)
$2.300.000: alícuota máxima 9% ($11.864)
$2.400.000: alícuota máxima 12% ($23.151)
$2.500.000: alícuota máxima 15% ($37.439)
$2.600.000: alícuota máxima 19% ($53.490)
$2.700.000: alícuota máxima 19% ($72.490)
$2.800.000: alícuota máxima 19% ($91.490)
$3.200.000: alícuota máxima 23% ($174.540)
$3.300.000: alícuota máxima 23% ($197.540)
$3.900.000: alícuota máxima 27% ($352.591)
$4.900.000: alícuota máxima 31% ($652.641)
$5.100.000: alícuota máxima 31% ($714.641)
$5.500.000: alícuota máxima 35% ($852.191)
Trabajador casado con 2 hijos o más
Sueldo bruto de $2.400.000: pagará $1683
Sueldo bruto de $2.500.000: pagará $8030
Sueldo bruto de $2.600.000: pagará $18.040
Sueldo bruto de $2.700.000: pagará $31.050
Sueldo bruto de $2.800.000: pagará $46.050
Sueldo bruto de $3.200.000: pagará $121.396
Sueldo bruto de $3.300.000: pagará $141.743
Sueldo bruto de $3.900.000: pagará $287.090
Sueldo bruto de $4.900.000: pagará $577.436
Sueldo bruto de $4.900.000: pagará $441.272
Sueldo bruto de $5.100.000: pagará $639.436
Sueldo bruto de $5.500.000: pagará $767.283
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