Planes sociales, los alegatos: las defensas acusan a la Fiscalía de ser arbitraria al seleccionar los imputados
Comenzaron los alegatos finales de los abogados que defienden a los 12 imputados por la estafa con planes sociales. Cuestionan a la Fiscalía por acusar “a unos sí y a otros no“.
Después de un extenso alegato final de la Fiscalía de Delitos Económicos, la parte acusadora de los 12 imputados en el juicio oral y público por la estafa con planes sociales del Ministerio de Desarrollo Social de Neuquén, este lunes comenzó la etapa de alegatos finales de las defensas. Los primeros abogados en exponer fueron duros con el fiscal del caso y lo acusaron de haber sido arbitrario a la hora acusar “a algunos sí y a otros no“ por los mismos actos.
La etapa de alegatos finales de las defensas comenzó con la exposición de los abogados Pablo Gutiérrez y Ricardo Mendaña, que defienden a los imputados conocidos como “grupo Anaya“, porque trabajaban en las oficinas del Ministerio de Desarrollo Social de calles Anaya y Planas. En sus presentaciones, ambos solicitaron la absolución de los tres imputados, que incluyen al exdirector de Administración, Tomás Siegenthaler y las administrativas Julieta Oviedo y Laura Reznik.
Entre otros puntos, los abogados hicieron referencia no sólo a la falta de pruebas contundentes que involucren a los imputados en las maniobras sino a una discrepancia de carátula, ya que consideraron que hubo un solo hecho ilícito de fraude a la administración pública y no más de nueve mil, que quiso construir la Fiscalía en base a cada extracción de dinero de los planes sociales.
Por otro lado, negaron que hubiera pruebas suficientes para acusar a sus defendidos de integrar una asociación ilícita, ya que señalaron que fue imposible probar que hubiera un líder, órdenes claras de cometer ilícitos o un objetivo común para desviar los fondos. A su vez, consideraron que los tres imputados probaron que no se habían beneficiado económicamente de estos hechos que les imputan.
Según la postura de Gutiérrez, la Fiscalía de Delitos Económicos fue arbitraria porque tanto Siegenthaler como Oviedo o Reznik habían realizado gestiones similares, como firmar cheques, y no fueron imputados o incluso “premiados“ por dar nombres de otras autoridades.
Para Gutiérrez, la Fiscalía se aferró a un libreto con muchos adjetivos y poca referencia a la prueba. Según explicó, se juzgaron sólo a algunas personas y en un período de tiempo cuando se probaron irregularidades en el pago de subsidios desde épocas anteriores y desde distintas direcciones provinciales. Por ejemplo, señaló que el pago de cheques a empleados del Ministerio para luego distribuir el dinero de los programas ya se hacía desde antes de la asunción en el cargo de sus asistidos.
En ese sentido, señalaron que la Fiscalía tenía la posibilidad de citar información previa a la época investigada en el juicio, desde 2018 hacia atrás, a través de los servidores de Red Link, pero nunca solicitaron esta información para su análisis.
Para los defensores, la Fiscalía no pudo probar ninguna responsabilidad de Siegenthaler en hechos ilícitos, más allá de ser resopnsable de un área. Por eso, cuestionaron también a los fiscales por no haber citado a testigos clave, como el famoso “caso cero“ que realizó la primera denuncia de extracciones con tarjetas ajenas en cajeros automáticos, así como el informático que diseñó, administraba y cargaba los listados de beneficiarios al famoso sistema ADMIX.
“Los propios arrepentidos señalaron que ya ocurría antes, cuando también era auditor Julio Arteaga“, dijo el abogado y agregó que la Fiscalía nunca citó como testigos a los empleados de BPN que entregaban tarjetas a beneficiarios incluso cuando no presentaban su DNI.
“Nunca probaron que Oviedo o Siegenthaler hayan recibido llamados o mensajes de WhatsApp con órdenes por el pago de planes, en sus computadoras no hay archivos vinculados a la caja azul o el voto seguro, y en los archivos sobre estos temas de otras computadoras nunca los mencionan a ellos“, dijo.
Agregó que la Fiscalía no pudo probar movimientos bancarios sospechosos en sus cuentas y tampoco se ven incongruencias patrimoniales que sí se detectaron en el caso de otros imputados, con la compra de terrenos o apertura de comercios.
“Reznik todavía no entiende por qué está sentada acá y nosotros tampoco“, dijo Gutiérrez y agregó que la Fiscalía no pudo dar pruebas suficientes para sostener su acusación.
A su turno, Mendaña afirmó que tampoco se podía acusar a sus defendidos por acciones omisivas que hubieran permitido la defraudación al Estado, ya que no existía una obligación clara o un procotolo de control específico que recayera sobre los integrantes del grupo Anaya. “No se puede responsabilizar por omitir si no hay una norma que implique una obligación“, afirmó y agregó que existe un principio de confianza en los procedimientos en los que intervienen distintos funcionarios con diferentes roles.
Por otro lado, afirmó que “hay una diferencia entre una convergencia de voluntades y en formar una asociación ilícita“, y sostuvo que la Fiscalía no pudo probar que haya un líder, un origen concreto o cuáles eran los roles que cumplían sus defendidos en esta asociación.
Los abogados Fabián Flores y Carlos Fernández pronunciaron sus alegatos finales en la defensa de Luis Gallo, exdirector de Finanzas. Destacaron que sólo pudieron comprobar que el exfuncionario realizó actos administrativos legítimos, pero no pudo probar una intencionalidad criminal. “Se fue desvaneciendo la tesis acusatoria de la Fiscalía, que tenía pruebas para formular cargos, pero no para un juicio oral“, dijo Flores.
“Pedimos su absolución porque no firmó cheques ni realizó ninguna de las maniobras cuestionadas“, dijo y agregó que la teoría acusatoria señala que Gallo se retiró de la asociación ilícita cuando manifestó intenciones de jubilarse, algo que “carece de lógica“. “En los mails no se ven órdenes de hechos ilícitos ni listados paralelos“, afirmó Flores y agregó que su defendido fue acusado sólo como un nexo para alcanzar a alguien de mayor jerarquía.
“La Fiscalía aseguró que algunos se beneficiaron de forma personal con la asociación ilícita y otros no. ¿Por qué alguien va a integrar una asociación ilícita de manera gratuita, sin usufructuar ni obtener un beneficio?“, se preguntó.
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