Jubilaciones sin aportes: ¿Cómo acceder al plan que lanzó la ANSES?
En esta nota toda la información sobre quiénes serán los beneficiarios, cuánto cobrarán y cómo inscribirse.
Semanas atrás la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANASES) lanzó un plan para acceder a jubilaciones si no se cuenta con la cantidad de aportes que exige la ley jubilatoria. La propuesta tiene como beneficiarios a las personas con mayor necesidad.
En cuanto a cómo acceder al beneficio previsional, si bien las reglamentaciones ajustaron algunos parámetros de una evaluación socioeconómica de los solicitantes que ya se hacía en las moratorias anteriores, no fijaron más limitaciones para el acceso a los planes de pago en hasta 120 cuotas (sí se estableció que no se podrán comprar dólares en el mercado oficial, pero eso solo por 12 meses).
La normativa, además, aclaró que quienes no superen el examen socioeconómico, por tener ingresos elevados o un patrimonio de un determinado valor, no quedarán al margen del programa, sino que podrán comprar los aportes, con el alto subsidio estatal implícito que tiene el plan, y pagar todo en una única vez para obtener luego una prestación.
En qué consiste el plan de “pago de deuda previsional”
Es un mecanismo de compra de la cantidad de períodos de aportes que hagan falta para completar los 30 años exigidos. Cada período mensual tiene un precio y la adquisición determina que se contabilice una deuda con el Estado. Si se cumplen ciertos requisitos, esa deuda no se paga efectivamente, sino que habrá un descuento de montos en los haberes, por un plazo de hasta 120 meses.
Cada mes de aportes que podrá adquirirse tiene un valor equivalente al 29% de la remuneración mínima que rige para calcular los descuentos a la seguridad social. En abril y mayo ese valor, que se actualiza trimestralmente según el índice de movilidad, es de $5729,97. Si se ingresa a la moratoria por 240 meses, entonces, la deuda inicial será de $1.375.192 y, si se accede a 120 cuotas, el primer descuento del haber será de $11.459,94.
Podrán adherirse al plan quienes tienen ya la edad jubilatoria del sistema general (60 años las mujeres y 65 años los varones) o la cumplan dentro del período de vigencia del plan (incluso si se aportó a regímenes que tienen edades de retiro más tempranas por las características de la actividad, se considerarán esas edades, según surge de las circulares de la Anses).
El plazo finalizará el 23 de marzo de 2025, según lo especificado por la resolución 76 de la ANSES. Los períodos a adquirir abarcan desde los 18 años de edad hasta diciembre de 2008. Para las mujeres rige el beneficio de que se cuentan entre uno y tres años de aportes por hijo. En los meses declarados como adeudados se debe haber residido en el país y no se debe haber trabajado de manera registrada ni como dependiente ni por cuenta propia.
El plan es incompatible con el cobro de otras prestaciones previsionales, contributivas o no contributivas, “incluyendo retiros y planes sociales”, según la ley. Se exceptúa de ese requisito la percepción de un ingreso que sea de carácter contributivo y de un importe de hasta el haber mínimo.
La reglamentación agrega que, en caso de cobrarse una prestación mayor a la básica, también podrán adquirirse en este plan los aportes faltantes, aunque no regirá en tal caso el mecanismo del descuento de montos de los haberes, sino que la deuda declarada deberá ser saldada en un pago.
En cuanto al monto de los beneficios, los períodos que se suman por la moratoria sirven para completar el tiempo de contribuciones requerido por el sistema, pero no inciden en el cálculo de la prestación si es que existió una cantidad de aportes hechos en la vida laboral. Por eso, no necesariamente se cobrará el haber mínimo.
Por ejemplo, según explica la abogada Elsa Rodríguez Romero, si una persona trabajó bajo relación de dependencia de manera registrada durante 20 años y se adhiere al plan por 10 años, si el salario promedio (actualizado) de la última década con aportes fue de $200 mil mensuales, tendrá un ingreso, de acuerdo con la fórmula del haber inicial, de $86.836,76, sobre el cual se descontará la cuota de acuerdo con el monto de la deuda declarada.
Los límites establecidos para entrar en los planes de pago son los siguientes: el ingreso bruto promedio de los 12 meses previos no debe superar los $404.062, que es la remuneración a partir de la cual se paga Ganancias; el patrimonio, según la declaración eventualmente hecha para Bienes Personales, puede ser de hasta $11.636.985,6; el valor permitido del automóvil o de los automóviles es de hasta $4.878.744; no se pueden tener aviones, pero sí embarcaciones de hasta 9 metros de eslora; los gastos con tarjetas de débito y de crédito podrán ser de hasta $323.249,60, cifra promedio de los últimos 12 meses.
Para hacer el trámite, el interesado debe pedir un turno en la página de la ANSES, el día de la atención presencial se pide llevar DNI, certificaciones de servicio de trabajo y, en caso de ser mujer con hijos, las partidas de nacimiento, si los datos de vínculos familiares no están actualizados en la página web de la ANSES.
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