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Monotributo 2025: ¿se puede revertir una recategorización una vez que se realizó?

En este artículo, te contamos si es posible revertir una recategorización en el Monotributo una vez que se ha realizado.

Según la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), la recategorización del Monotributo es una evaluación de parámetros que deben realizar los monotributistas para saber si se encuadran en la misma categoría en la que están o deben modificarla. Si los parámetros superan o son inferiores a los de la categoría vigente, corresponde realizar la recategorización.

De acuerdo al organismo tributario, los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio. Entonces, los monotributistas deben evaluar la actividad de los últimos 12 meses. La ARCA añade que si hubo cambios en los ingresos, alquileres, superficie del local o energía consumida, hay que ingresar con clave fiscal para recategorizarse; si no se hace, se entiende que no hubo cambios y, de ese modo, se permanece en la misma categoría.

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Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio.

Los períodos de recategorización son cada 6 meses, en enero y julio.

Para revertir una recategorización en el Monotributo una vez que se ha realizado, deberá cumplimentarse el trámite denominado Modificación de categoría actual por error ante la ARCA –ex AFIP-.

La ARCA especifica los requisitos para llevar adelante este trámite. Como primera medida, se deberá indicar:

  • Motivos y fundamentos que dan origen a la presentación.
  • En caso de baja de tu categoría de Monotributo, las causas por las cuales no pudiste realizar la recategorización en forma oportuna. Las causas podrán ser las siguientes:
  • Cambio de actividad que implique un inicio de actividad.
  • Modificación por encontrarse limitada la CUIT al momento de la recategorización.
  • Error de cálculo o error en la registración del parámetro al momento de adherirse o recategorizarse.
  • Otros.
  • Tu categoría actual, la nueva categoría y a partir de cuándo.

Asimismo, se deberá adjuntar la siguiente documentación para solicitar la recategorización del Monotributo:

  • Notas y papeles de trabajo.
  • Informes profesionales.
  • Resumen o extractos bancarios.
  • Comprobantes de ARCA (ejemplo: pagos, acuses de recibo DJ, etc.).
  • Documentos y comprobantes respaldatorios de compras, ventas, gastos, ingresos y otros rubros.
  • Comprobantes y facturas varias.
  • Copia libro ventas.
  • Monto de ingresos brutos anualizados.

La ARCA sostiene que, en el caso de solicitar una modificación de datos o un aumento de categoría con efectos desde un mes anterior al actual, se deberá realizar una presentación digital. Asimismo, la ARCA indica que el importe correspondiente a la nueva categoría del Monotributo respecto de cada semestre concluido en junio y diciembre deberá abonarse a partir de los meses agosto y febrero, respectivamente.

Por último, cabe subrayar que, en los casos que el monotributista no se recategorice cuando corresponde hacerlo, ARCA podrá recategorizarlo de oficio e incluso será pasible de sanciones.

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Para revertir una recategorización en el Monotributo una vez que se ha realizado, deberá cumplimentarse el trámite denominado Modificación de categoría actual por error.

Para revertir una recategorización en el Monotributo una vez que se ha realizado, deberá cumplimentarse el trámite denominado Modificación de categoría actual por error.

La cuota mensual del Monotributo se calcula en función del ingreso que el monotributista perciba a lo largo de un año. Todas las categorías del Monotributo engloban locaciones, prestaciones de servicios y venta de cosas muebles. A partir del 1ro de febrero de 2025 las categorías vigentes del Monotributo son las siguientes:

  • Categoría A: $7.813.063,45.
  • Categoría B: $11.447.046,44.
  • Categoría C: $16.050.091,57.
  • Categoría D: $19.926.340,10.
  • Categoría E: $23.439.190,34.
  • Categoría F: $29.374.695,90.
  • Categoría G: $35.128.502,31.
  • Categoría H: $53.298.417,30.
  • Categoría I: $59.657.887,55.
  • Categoría J: $68.318.880,36.
  • Categoría K: $82.370.281,28.

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