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La Mañana Sergio Ávalos

Apelaron el procesamiento por la desaparición forzada de Sergio Ávalos: qué planteó Sesnich

Hasta el momento 17 procesados presentaron apelaciones por la desaparición forzada del joven de Picún Leufú. Los planteos de la defensa de Patricio Sesnich.

En el marco de la desaparición forzada de Sergió Ávalos, iniciada en el boliche Las Palmas el 14 de junio de 2003, casi la totalidad de los procesados presentaron recursos de apelación. Este trámite era esperable luego del fallo del Juez Gustavo Villanueva, considerado un avance clave hacia el juicio por el crimen que lleva 22 años de impunidad.

El fallo dictado el pasado 28 de julio dispuso el procesamiento de 19 personas: once como coautores del delito de desaparición forzada de personas y ocho como partícipes necesarios. Además, dispuso la prisión preventiva, aunque en la mayoría de los casos se contemplaron embargos multimillonarios y otras medidas que posibilitaron que los involucrados no sean detenidos.

Desde ese momento, la defensa de cada uno de ellos –con la excepción, hasta el momento, de Osvaldo Carracedo, señalado como coautor; y Cristian Cepeda, como partícipe– interpuso recurso de apelación o adhirió a los ya presentados. Según lo esperable, es cuestión de días que los dos restantes adhieran a los recursos.

Sergio Ávalos
Sergio Ávalos tenía 18 años y estudiaba para Contador Público en la Universidad Nacional del Comahue cuando fue desaparecido en el boliche Las Palmas, de Pedro Nardadone y a cargo de Patricio Sesnich.

Sergio Ávalos tenía 18 años y estudiaba para Contador Público en la Universidad Nacional del Comahue cuando fue desaparecido en el boliche Las Palmas, de Pedro Nardadone y a cargo de Patricio Sesnich.

Con las apelaciones formalizadas, será la Cámara Federal de Roca la que defina si confirma, revoca o modifica los procesamientos dispuestos por Villanueva, en una causa que mantiene en vilo a Neuquén a más de 22 años de la desaparición de Sergio Ávalos, quien hoy tendría 43 años.

Apelaciones en el caso de Sergio Ávalos: qué dijeron los abogados

Cabe recordar que como coautores del delito de lesa humanidad por la desaparición del joven estudiante de Picún Leufú quedaron procesados Osvaldo Daniel Carracedo, Roberto Alejandro Costa, María Alejandra Siboldi, Irene Esther Fuentes, Juan Darío Arévalo Smith, José Luis Flores, Alfredo Humberto Cortínez, Pedro José Sepúlveda Palacios, Eugenio Alejandro Tarifeño, Rubén Ángel Ferreira y Patricio Sesnich.

En tanto, el segundo grupo de procesados como partícipe necesario está conformado por Diego Alberto Herman, Cristian Rubén Cepeda, Rubén Gustavo Escobar, Pablo Martín Fantón, María Teresa Monsalve, Ítalo Edgardo Soto, Pedro Ángel Pacheco y Pedro Raúl Nardanone. El fallo estableció que los 19 sostienen un “pacto de silencio” que impidió conocer la verdad durante más de 22 años, en el delito que se sigue cometiendo hasta tanto Sergio continúe desaparecido.

La respuesta de los abogados querellantes de la familia Ávalos ante los 17 recursos de apelación presentados por los procesados por la privación ilegal de la libertad, no evidenció sobresaltos. Para Sergio Heredia y Leandro Aparicio, se trata de un trámite y nada más, porque confían en que "van a terminar todos condenados", como aseveraron en una entrevista con LMNeuquén.

Leandro Aparicio - Sergio Heredia - Asunción Ávalos

En referencia al plazo de la Cámara Federal de Roca para resolver las apelaciones, Aparicio indicó: "no va a prosperar sus impugnaciones y supongo que la Cámara la podrá contestar en el transcurso de este año". De esta manera, destacó que una vez resuelta esa cuestión, se elevará la causa a juicio, que avanza a pasos agigantados desde que tomaron el caso en 2019.

"Hace 10 años que la causa está en la Justicia Federal, así que como verás, los tiempos que se toma la justicia son holgados, de hecho no tienen tiempos, el único plazo perentorio que hay es el que tienen los jueces para fundar el fallo después de la sentencia, antes no tiene ningún tipo de término o algo que los apure", manifestó.

Los planteos de la apelación de Sesnich

De acuerdo a lo relevado por LMNeuquén, uno de los escritos más extensos fue presentado por Patricio Sesnich, encargado del local bailable al momento de la desaparición. Para el Juez está comprobado que en su calidad de responsable de su funcionamiento, tenía intromisión en las diversas áreas, todas debían reportarle los sucesos que acaecían durante la noche.

Sin embargo, la actuación del gerente no se limitaba -sin más- a recibir los reportes, sino que también actuaba de propia mano en los conflictos, circunstancia que lo sitúa en un lugar de decisión y acción en el acontecimiento que vivió aquella noche Sergio Ávalos, a partir de lo cual desapareció.

En su recurso, presentado el 31 de julio, la defensa de Sesnich planteó la irretroactividad de la ley penal, ya que el tipo penal de desaparición forzada fue incorporado recién en 2011, mientras que el hecho ocurrió en 2003. Sin embargo, este punto, ya fue resuelto cuando el caso provincial pasó al fuero penal por decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sostuvo que la desaparición de Sergio Ávalos en la provincia de Neuquén tiene que ser investigada como “desaparición forzada de personas”, en acuerdo con un dictamen de la procuradora general de la Nación.

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Pedro Nardadone, dueño del boliche Las Palmas, y Patricio Sesnich, encargado, fueron procesados y embargados por la desaparición forzada de Sergio Ávalos.

Pedro Nardadone, dueño del boliche Las Palmas, y Patricio Sesnich, encargado, fueron procesados y embargados por la desaparición forzada de Sergio Ávalos.

En línea con el máximo tribunal, el fallo de Villanueva recalcó que se trata de un delito de lesa humanidad, esto significa que no prescribe porque es un delito continuo y prevé cadena perpetua. En este sentido, el juez dictó la prisión preventiva, por obstaculización del accionar de la Justicia y riesgo de fuga, aunque, al mismo tiempo, dictó medidas sustituvas como el embargo.

Casi previendo que le rechazaran el anterior argumento, como otro recurso, la defensa de Sesnich cuestionó la falta de precisión en la imputación, solicitó la nulidad de la indagatoria, criticó la valoración de la prueba y pidió que, en caso de no hacerse lugar a la nulidad, se dicte su falta de mérito para continuar investigando.

También, se excusó diciendo que "el hecho acaeció en un ámbito civil y no en uno militar o de una fuerza de seguridad, más allá de que la vigilancia la hacían miembros del Ejército o de la Policía, fuera de sus funciones institucionales, que dicho sea, tenían poca o mínima jerarquía como ejecutar un hecho como el enrostrado".

En este sentido, admitió un delito, dado que con el advenimiento de la democracia, la contratación de militares era ilegal. Incluso, en cuanto al hecho de que las cintas de vigilancia de Las Palmas habían sido editadas o adulteradas, como verificaron los peritos, en la apelación Sesnich citó su descargo: "se había acabado la cinta", dijo y luego alegó que el departamento de Seguridad Metropolitana había destruído documentación.

El imputado Roberto Costa, adhirió a los planteos de los defensores de Herman, Siboldi, Cortínez, Nardanone, Flores, Fuentes, Fantón, Sesnich, Soto, Monsalve, Pacheco, Sepúlveda Palacio, Ferreyra, Escobar, Tarifeño y Arévalo Smith señalando también la supuesta nulidad de la resolución, la aplicación retroactiva de la ley y la arbitrariedad del fallo.

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