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Villa La Angostura: confirmaron pena condicional para el camionero que provocó siete muertes

Desde la parte querellante se pretendía un castigo efectivo para el conductor que chocó a un minibús en la Ruta 40. También se descartó un pedido de la defensa.

El Tribunal de Impugnación (T.I.) se pronunció en contra de presentaciones relacionadas con el camionero condenado por provocar siete muertes en la Ruta 40 y ratificó la condena de 3 años de prisión condicional.

Tanto la parte querellante como la defensa en la causa abierta en contra de Daniel Curruhuinca habían elevado distintas quejas tras el fallo condenatorio. Por un lado, los abogados que representaban a una de las víctimas pretendían que se revise el castigo de prisión en suspenso. En tanto, la defensa, buscó que se anule la sentencia.

fiscalia villa la angostura -VALIDA 1200-
La pena que recibirá el estafador Ramiro Fernández se conocerá este viernes 25 de julio.

La pena que recibirá el estafador Ramiro Fernández se conocerá este viernes 25 de julio.

De acuerdo a la información que pudo acceder el sitio La Angostura Digital, el TI rechazó los planteos de la querella y la defensa y confirmó por unanimidad la pena de carácter condicional.

La audiencia de impugnación en contra del fallo condenatorio y la pena impuesta se llevó a cabo a principios de este mes. El fiscal del caso Adrián De Lillo adhirió al pedido de los abogados querellantes para que se admita la impugnación en contra de la pena de prisión condicional que se le impuso al camionero que chocó un minibús y provocó la muerte de siete personas, en las inmediaciones de Villa La Angostura.

La fiscalía acompañó el pedido de la querella

La pretensión del Ministerio Público Fiscal (MPF) era que el TI admita el recurso de los abogados querellantes Lucas Jankovic y Alejandro Valdés, con el objetivo de que los jueces que lo integran, luego de analizar la pena impuesta al camionero, la anulen y dispongan que se discuta una nueva que para que sea de cumplimiento efectivo, tal como lo requirió el MPF y los querellantes al finalizar el juicio de responsabilidad.

El fiscal del caso recordó en aquel momento que el MPF tiene vedada la posibilidad de impugnar la sentencia, ya que sólo puede hacerlo cuando la pena aplicada es inferior a la mitad del monto pretendido. En este caso el MPF y las querellas pidieron 5 años y 6 meses de prisión, y el tribunal impuso 3 años condicionales.

“Siempre estamos vedados de impugnar en estos casos, porque la pena mínima de este delito es de 3 años de prisión y el máximo de 6 años, entonces es técnicamente imposible que la pena impuesta sea menor a la mitad de la pretendida por los acusadores”, indicó De Lillo, quien estuvo en la audiencia acompañado por el asistente letrado Federico Gayós.

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Los abogados querellantes indicaron que la sentencia del tribunal que fijó la pena “al modificar la letra expresa del Código Penal lo que está haciendo es inmiscuirse en una competencia que la Ley no le otorga”. Puntualizaron que “hay una invasión de normas federales, y eso amerita la apertura de un recurso de impugnación”.

Un castigo que se limitó a una inhabilitación para manejar

La pena impugnada fue resuelta en marzo de este año, por un tribunal colegiado integrado por los jueces Laura Barbé, Bibiana Ojeda e Ignacio Pombo. Establecieron un monto de 3 años de prisión condicional, junto con la inhabilitación para conducir todo tipo de automotores por 5 años y 6 meses.

El MPF, a través del fiscal Hernán Scordo, había requerido una pena de 5 años y 6 meses de prisión efectiva, más la inhabilitación especial para conducir por el mismo plazo.

Por otra parte, el abogado defensor de Curruhuinca, Ricardo Mendaña, también había impugnado la sentencia de responsabilidad por considerarla arbitraria. Pidió que, por insuficiencia de prueba, se la revoque y que se absuelva al camionero.

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