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Procrear II: requisitos y cómo inscribirse en el sorteo

Buenos Aires, CABA, Córdoba, Corrientes, Mendoza, Misiones, Neuquén, Río Negro y tres provincias más están incluidas en el plan Procrear II.

Este martes 10 de agosto se abrió la inscripción del Plan Procrear II 2021, a través del cual se sortean viviendas en centros urbanos de distintas provincias de la Argentina. En esta ocasión serán 494 viviendas las que se sortearán a través de este programa.

¿Cuáles provincias están incluidas en el Procrear II?

  • Provincia de Buenos Aires
  • Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Córdoba
  • Corrientes
  • Mendoza
  • Misiones
  • Neuquén
  • Río Negro
  • San Luis
  • Santa Cruz
  • Santiago del Estero
Plan Procrear II
Plan Procrear II

Plan Procrear II

¿Cómo inscribirse en el plan Procrear II?

Para participar en el sorteo del programa Procrear II los interesados deberán llenar el formulario de inscripción en la página web oficial del programa. A la que podés acceder haciendo clic aquí.

Requisitos para inscribirse en el plan Procrear II

  • No haber resultado beneficiado/a con planes de vivienda en los últimos diez (10) años;
  • No tener, tanto el/la titular, como el/la cotitular, bienes inmuebles registrados a su nombre, ni como propietarios ni como co-propietarios, al momento de iniciar el proceso de inscripción;
  • Contar con el Documento Nacional de Identidad vigente;
  • Ser argentinos/as o extranjeros/as con residencia permanente en el país;
  • Tener entre 18 y 64 años al momento de completar la inscripción;
  • Acreditar el estado civil declarado, excepto el estado civil soltero.
  • Además, presentar Certificado de Discapacidad en caso de corresponder;
  • Demostrar ingresos netos mensuales del grupo familiar conviviente –tanto el/la solicitante como su cónyuge o pareja conviviente– entre 2 SMVyM y 8 SMVyM;
  • Demostrar, como mínimo, doce (12) meses de continuidad laboral registrada;
  • No registrar antecedentes negativos en el Sistema Financiero durante los últimos doce (12) meses por falta de pago de obligaciones de todo tipo; no encontrarse inhabilitados por el BCRA o por Orden Judicial; no registrar juicios según informe de antecedentes comerciales en los últimos cinco (5) años; no registrar embargos; y no registrar peticiones o declaraciones de concurso o quiebra.

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