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AFIP: cocheras en alquiler deben ser registradas también

Por la resolución N° 4.933, los dueños de cocheras alquiladas deben registrar los contratos de arriendos en el sistema de la AFIP.

A través de la nueva resolución general N° 4.933, la Administración Federal de Ingresos Público (AFIP), exhorta a que, a partir del 1 de marzo, los propietarios de cocheras particulares deberán al igual que los dueños bienes inmuebles, inscribir dichas construcciones en el Registro de Locaciones de Inmuebles. Todo esto enmarcado en la nueva Ley de Alquileres, sancionada el año pasado en pleno desarrollo de la pandemia de coronavirus.

Dicho esto, la AFIP ha establecido que, todo contrato firmado desde julio del año 2020 y que todavía se mantenga en estado de vigencia, al igual que aquellos celebrados durante marzo del nuevo año 2021, gozarán de un plazo excepcional para su efectiva registración hasta el 15 de abril del presente año.

Registro de alquileres de la AFIP

Desde la plataforma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) han hecho conocer toda la información necesaria para aquellas personas que tienen sobre el proceso de registro de alquileres y cocheras.

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AFIP: nuevo registro de cocheras en alquiler, es obligatorio.

AFIP: nuevo registro de cocheras en alquiler, es obligatorio.

Los obligados a inscribirse en el registro de la institución son todas aquellas personas que fungen como locadores, arrendadores, sublocadores y subarrendadores. En caso de haber algún tercero como intermediario (inmobiliarias, escribanos o corredores), pueden presentar un contrato en representación de sus clientes, pero no es un punto obligatorio.

Por su parte, las entidades u organismos del ejecutivo nacional, provincias, el gobierno autónomo de Buenos Aires y los municipios, no están obligados a completar este registro.

El trámite para el registro de cocheras en la base de datos de la AFIP se puede hacer a través de la página web de la institución, en el apartado que dice Registro de Locaciones de Inmuebles. se deben presentar aquellos datos vinculados a su rol de locador, a la identificación del inmueble y del resto de los intervinientes en el contrato. Información de su ubicación (código postal, jurisdicción provincial, localidad o CABA, calle, número, piso, departamento, unidad funcional), la fecha de inicio y finalización del acuerdo, el monto abonado y frecuencia de pago, y los comprobantes de respaldo de pagos efectuados. Además, se deberá adjuntar en un archivo ".pdf" o ".jpg" el contrato firmado.

Los propietarios de los alquileres como las cocheras, deberán presentar su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) de cada uno de los titulares y porcentaje de titularidad.

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