Anciano acusado de abusar de una adolescente, a juicio
Neuquén> Un juicio de instancia privada contra un anciano acusado de haber abusado sexualmente de una adolescente, de 15 años, en la zona de bardas cercana a la toma conocida como Monte Sinaí, finalmente comenzará el martes y se prolongará hasta el jueves próximo en la Cámara Criminal Segunda, de esta ciudad. El ataque se produjo el 15 de septiembre de 2008.
Las audiencias de debate habían sido debidamente ordenadas para llevarse a cabo el pasado 17 de marzo, pero fueron suspendidas por una “sorpresiva e imprevista” enfermedad del abogado defensor del imputado, Andrés Cascallares.
La inesperada situación causó un profundo malestar en los jueces y el fiscal de Cámara Alfredo Velasco Copello. También la víctima y algunos familiares que se movilizaron hasta el edificio judicial de la calle Corrientes no disimularon su fastidio por lo ocurrido.
El acusado, de 76 años, identificado como Oscar Costich, actualmente se encuentra con arresto domiciliario y es un reconocido comerciante de esta ciudad dedicado a la compra y venta de automotores. En su momento fue investigado por el titular del Juzgado de Instrucción Uno, Mauricio Zabala, y por la fiscal de Graves Atentados contra las Personas, Sandra González Taboada.
Fue detenido a raíz de los testimonios de la propia víctima, quien alcanzó a anotar el dominio del rodado que fue utilizado por el procesado para cometer el abuso sexual.
El magistrado de Primera Instancia consideró que las evidencias recolectadas en la instrucción de la causa fueron notorias y que justifican plenamente su encarcelamiento.
Costich fue reconocido por la víctima de manera categórica y además fue concluyente en sostener su conducta en otras diligencias procesales.
El procesamiento fue impugnado por el defensor del acusado, por lo que luego intervino la Cámara de Apelaciones. Los magistrados habrían coincidido plenamente con Zabala y confirmaron su procesamiento. Sin embargo, habrían considerado su edad, y de acuerdo a una ley en vigencia, dispusieron su arresto domiciliario.
Las investigaciones judiciales probaron que la adolescente fue obligada a subir a un automóvil conducido por el imputado y trasladada hasta el asentamiento Monte Sinaí, para lograr su vil propósito. Es así que, para anular cualquier posibilidad de resistencia o fuga, la chica fue sujetada de los brazos por el procesado para luego abusar de ella.
Luego de consumado el hecho, amenazó a la víctima para que borrara cualquier evidencia y finalmente la dejó abandonada en el lugar. No obstante, cuando la joven fue examinada por los peritos forenses del Poder Judicial, determinaron que presentaba lesiones en la zona vaginal y en los pechos, como también hematomas en la cara anterior del antebrazo izquierdo compatible con maniobras de sujeción intensas.
Una de las pruebas de peso para sostener la responsabilidad penal del sospechoso se produjo en una rueda de reconocimiento.
Costich fue identificado sin vacilar por la adolescente, tanto por sus rasgos fisonómicos, como por sus gestos.
Además, la víctima reconoció el auto del acusado y recordó que en su interior, precisamente sobre el torpedo, tenía una Biblia, elementos de prueba que en cierta manera permiten acreditar la autoría y su responsabilidad en el delito calificado como abuso sexual con acceso carnal.
El juez valoró también un informe psiquiátrico que señala que Costich se encontraba en condiciones de discernir sus acciones y dirigir su conducta, cuando ocurrió el hecho.
Declaraciones falsas
El anciano negó ser autor del abuso sexual. Y de manera enfática declaró que “no necesita tomar a ninguna mujer dado que valora mucho a su familia y además sus creencias religiosas le impiden ese tipo de conductas”.
Luego afirmó que se tuvo que operar de la próstata en Santiago de Chile y desde esa fecha no puede mantener relaciones sexuales hace más de 15 años; que apenas puede caminar y se marea fácilmente.
Algunos de los dichos del imputado fueron rechazados por el juez Zabala. Es así que un informe del Departamento Migraciones señaló que “no registra salidas del país, con lo cual mal puede haber sido operado en la República del Chile”.
Afirmó también que los argumentos vertidos por el acusado, con intención de mejorar su situación procesal, no se sustentan en los elementos de convicción incorporados a la causa, sino que en su mayoría deben ser descartados de plano.
Para el juez de Primera Instancia resulta claro que ejerció “tanto fuerza física sobre el cuerpo de la menor como intimidación para introducirla primero y luego trasladarla a un lugar descampado en la barda”.
Además, indicó que “sabía que aún deteniendo el auto y dejando bajar a la víctima, no tendría mayor resistencia, tomando mayor preeminencia el factor psicológico que señala la propia joven cuando relata que no sabe por qué no podía resistirse, ni pedir auxilio, ni rechazarlo”.
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