Entre los trámites de la Anses, la jubilación podría ser uno de los que tarde más, con un mínimo de 6 meses desde que se solicita.
Según la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), el mínimo de tiempo que se debe esperar para que salga una jubilación es de 6 meses. Todo dependerá del historial laboral de cada individuo, así como la documentación que se tenga de los años trabajados.
Sin embargo, las jubilaciones de la Anses pueden tardar mucho más, a pesar de que el plazo de seis meses esté oficialmente comunicado por el organismo previsional. En la Argentina, los hombres pueden jubilarse a partir de los 65 años y tienen que contar con 30 años de aportes, y las mujeres pueden hacerlo a partir de los 60 años, contando con los mismos años de aportes.
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¿Cómo realizar el trámite?
El trámite de jubilaciones se realiza directamente en la Anses y es completamente gratuito. Según los lineamientos, se debe iniciar a los 90 días corridos de anticipación a la fecha que se cumple con la edad requerida, pero puede variar según la actividad o el rubro.
Requisitos para iniciar el trámite
- Ingresar a la página de Anses con la clave de Seguridad Social.
- Verificar los aportes ingresando a Mi Anses. Si hay aportes que no están registrados, se deberá presentar: certificaciones de servicios, recibos de sueldo, comprobantes de afiliación a obra social, Declaración Jurada que acredite los servicios.
- Si todos lo datos están correctos, ingresar en Atención Virtual a la opción Asistencia del inicio de Jubilación para comenzar el trámite.
En dado caso de las personas que nunca aportaron por haber trabajado en empleos informales, tienen la posibilidad de acceder a la Pensión Universal para Adulto Mayor (PUAM). Los haberes que cobrarán será el equivalente al 80% de una jubilación mínima y se actualiza en forma trimestral por la Ley de Movilidad. Para poder solicitar la PUAM, se requiere lo siguiente:
- Tener más de 65 años.
- Ser argentino, naturalizado hace 10 años o extranjeros con residencia de más de 20 años.
- No cobrar ni tener derecho a ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo.
- Mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.
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