El lugar menos indicado: por faltazos, echaron a un ñoqui de la subsecretaría de Trabajo
Era planta permanente y se embarcó en una seguidilla de auseancias injustificadas durante el 2024. El estatal acumuló unos dos meses de faltazos.
La denominada política de "tolerancia cero" a las indisciplinas e inconductas, que puso en vigencia el gobernador de Neuquén, Rolando Figueroa, alcanzó ahora a un ñoqui que estaba en el lugar menos indicado: la subsecretaría de Trabajo. Allí acumuló unos dos meses de faltazos.
El ahora ex agente de la administración pública provincial, identificado como Héctor Osvaldo Pradena, era planta permanente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano. El estatal incumplió con lo normado tanto en el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) como en el Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública de la Provincia del Neuquén (E.P.C.A.P.P.)
Según pudieron establecer los auditores, faltó en forma injustificada a su puesto de trabajo en reiteradas oportunidades. En el expediente consta que lo hizo entre el 8 y el 27 de marzo, desde el 3 al 12 de abril, del 16 al 23 de abril, el 29 y 30 abril, del 2 al 8 de mayo, del 10 al 14 de mayo, del 16 de mayo al 14 de junio y del 10 al 31 de julio, todos de 2024.
No sólo lo echaron por “abandono de cargo”, sino que además iniciaron acciones administrativas para establecer si cobró esos días no trabajados. Si lo hizo, lo convocarán para que devuelva el dinero. Y, si no lo hace, el Gobierno le dará intervención a la Fiscalía de Estado para que inicie acciones judiciales, ante la posible configuración de enriquecimiento sin causa en perjuicio del Estado.
El expediente se inició el 20 de agosto de 2024 y la cesantía sobrevino en poco menos de dos años. Según consta en la documentación oficial, el ahora despedido no se acercó a brindar declaración indagatoria administrativa cuando fue convocado para ejercer su derecho a la defensa. Su actitud fue similar a la de muchos otros a los que los alcanzó la purga.
En el decreto de cesantía se recordó que “los trabajadores están obligados a la prestación personal del servicio con eficiencia, capacidad y dedicación adecuada, en el lugar condiciones de tiempo y forma que determine el organismo” en el cual hayan sido designados.
También se concluyó que “las reiteradas ausencias continuas e injustificadas en las fechas objeto de investigación, constituyen una grave violación de las obligaciones laborales del agente”. Y concluyeron que “las evidencias documentales presentan un elemento subjetivo claro: un manifiesto desinterés por parte del empleado hacia sus responsabilidades laborales, demostrado especialmente en el informe que confirma que no prestó servicios desde marzo hasta julio de 2024”.
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