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La Mañana Capex

Condenaron a Capex por provocar la muerte de 3.000 conejos

Así lo dictaminó un fallo judicial, en el cual se confirmó que los trabajos de la firma repercutieron en la salud de los animales y condujeron a la quiebra a un cunicultor en la zona de Aguada del Cajón.

La firma de generación de energía eléctrica y de exploración y explotación petrolera ubicada en Plottier, en el yacimiento Aguada del Cajón, no cumplimentó los estudios de impacto ambiental requeridos y terminó afectando a un proyecto de cunicultura donde las pericias confirmaron que las vibraciones y estruendosos ruidos provocaron la muerte de más de 3000 conejos por estrés, problemas orgánicos como patologías digestivas, diarreas, timpanismo e infartos.

Todo esto se configuró en la dinámica de un delito ambiental por lo que fueron condenados en 2019 y multados en 2020.

La demanda

Todo arrancó a mediados de la década pasada cuando un pequeño productor solicitó todos los permisos y presentó toda la documentación necesaria en el Centro Pymes para desarrollar un proyecto de cunicultura en inmediaciones de Aguada del Cajón.

Con todo en regla, montó el predio, que demandó grandes esfuerzos económicos para poner en marcha el establecimiento Los Aromos que funcionaba bajo la habilitación 14-005-0-009 del Senasa.

En Los Aromos, el productor, apostó algo más que un un criadero, sino la economía de toda su familia.

La producción arrancó en 2005 con 240 conejas madres de las cuales, al inicio de la demanda judicial, ya solo quedaban vivas 30 que producto de la exposición a la vibración y explotación de Capax habían quedado con estériles y con su sistema reproductivo totalmente afectado por lo que muchas tuvieron que ser sacrificadas.

Vale hacer un parate y explicar que el conejo es un animal sumamente sensible y las condiciones en la que se los cría deben ir contemplar un habitad sumamente propicio que obviamente Capex no permitió.

Capex se defiende

Todo el proyecto de cunicultura funcionó con normalidad y buen desarrollo hasta que en 2007 Capex comenzó a realizar determinados trabajos, tal cual figuran en los informes oficiales, por lo cuales realizaban ruidos discontinuos, ocasionados por el venteo y las por las herramientas de perforación que producen “un ruido intolerable para los humanos y más aún para los conejos”, reza la sentencia.

Cuando llega la demanda a manos de Capex, sus abogados salen al ruedo a defenderse y aluden que en enero de 1991 se adquirió los derechos sobre Aguada del Cajón que la Secretaría de Energía de Nación ofreció en concesión por 25 años con opción a prórroga por 10 años más.

Admiten, no obstante, que las tareas de reparación de pozos, realizadas por terceros especializados, generan sonidos, pero los mismo se encuentra dentro de los decibeles tolerables y permitidos tanto para humanos como para animales. Incluso dan referencias de distancia de los pozos hasta el predio de cunicultura que va de los 400 a los 600 metros y que la presión sonora no superaría los 40 decibles y asegurando que con 50 decibeles en el ámbito de una oficina serían simples murmullos.

El fallo fue realizado en las oficinas judiciales de la ciudad de Cipolletti.

A las pruebas me remito

El juez Gustavo Belli, concluida la etapa de presentación de pruebas donde se aportaron informes de peritos especialista de distintas áreas para hacer un buen cruce de información y llegar a una resolución lo más certera posible analizó al detalle todo el caso.

“La cuestión a dilucidar reside en determinar si efectivamente los trabajos de exploración y explotación petrolera generaron intensas vibraciones y estruendosos ruidos y si estos fueron suficientes para provocar la muerte de los conejos”, destacó el magistrado en su fallo.

Ambas partes contaban con las habilitaciones del caso por los organismos respectivos.

Es aquí donde el juez busca asistencia de peritos especialistas, que no es vinculante en su decisión, pero sí ayuda a formarla.

Un perito mecánico sostuvo que “la actividad hidrocarburífera es generadora de ruidos y vibraciones porque existen maquinas y equipos capaces de generar altos niveles de ruido en especial el venteo de gas por las presiones existentes. Esto puede afectar los alrededores”.

Se suma un perito ingeniero que, de la lectura de los partes diarios de los cuatro pozos sindicados como los responsables de la muerte de los conejos, da cuenta de una actividad diaria a lo largo de los años 2007, 2008 y 2009 donde afirmó: “existieron vibraciones y un alto volumen de ruidos durante esos años de acuerdo a diferentes intensidades y frecuencias, por ejemplo: golpes de mazas, amoladoras, aceleración de motores, venteos de gas, motores de explosión, usinas, motores eléctricos, etc”.

Talón de Aquiles

Capex adujo que tuvo en cuenta toda la normativa vigente y aplicable a la actividad. Esto lo dijeron cuando el panorama se les complicaba cada vez más porque no se puede tapar el sol con las manos.

El perito ingeniero, que conoce del tema, explicó en su informe al juez.

“En la información analizada no se encontró en los estudios de impacto ambiental mención sobre la existencia de plantaciones, población, actividades culturales, agrícolas, comerciales en general y la existencia de establecimientos como el Criadero de Conejos”.

El juez destacó en su fallo otro dato más aportado por el ingeniero: “en los estudios de impacto ambiental no se encontraron menciones a la generación de ruidos y el uso de protectores auditivos salvo alguna mención menor; no se encontraron informes de nivel sonoro, ni mención a las emisiones de gases, ni fuentes generadoras, ni generación de ruido salvo menciones menores”, indica la sentencia.

Una fuente del caso resumió: “Capex hizo un estudio de escritorio sin contemplar el territorio y las afectaciones sobre otras actividades. Lo peor de todo es que los organismos oficiales lo aprobaron sin corroborar nada”.

Condena y precedente

Los abogados de Capex salieron a impugnar los informes de los peritos, como de costumbre, para estirar al máximo los plazos del proceso.

Pese a ello el juez Gustavo Belli se mantuvo firme: “entiendo que ambos peritos han contestado con solvencia las impugnaciones y aclaraciones solicitadas, por lo que no encuentro razones para apartarme de sus conclusiones”.

“Por lo tanto, entiendo que encontrándose sobradamente acreditado que la actividad hidrocarburífera produce ruidos y vibraciones de consideración, la demandada (Capex) debió prever al efectuar el estudio de impacto ambiental, las consecuencias negativas posibles que los mismos podían producir al medio ambiente”, indicó con contundencia el magistrado que fundó sus dichos en leyes nacionales y provinciales.

Por lo que el juez condenó a la empresa Capex por la responsabilidad en la muerte de los animales y a indemnizar al productor quebrado.

Este fallo genera un precedente clave sobre el impacto de la actividad petrolera en el medio ambiente.

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