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Impuesto a las ganancias: hay jueces que deberán pagarlo

Aquellos designados después del 2017.

Buenos aires. En un fallo clave, el máximo tribunal de la Corte Suprema rechazó una cautelar y confirmó la vigencia de una ley que establece que los jueces -y empleados del Poder Judicial- que asumieron desde 2017 deben tributar el impuesto a las ganancias. Por el corto plazo que pasó desde que rige la norma, la medida es de impacto más simbólico que económico. La decisión fue sellada por unanimidad.

El fallo dispone que los magistrados deberán pagar el tributo al menos hasta que se resuelva la cuestión de fondo, que se define en la Justicia por un reclamo de la Asociación de Magistrados. Esa agrupación había solicitado que “se declarara que el concepto ‘nombramiento’ debía ser entendido como ‘ingreso’, es decir, que la norma comprendiera sólo a los funcionarios y magistrados que al 1° de enero de 2017 no pertenecieran a los escalafones del Poder Judicial o del Ministerio Público”, se lee en el fallo. Un juez de primera instancia había hecho lugar al reclamo, lo que motivó el recurso extraordinario a la Corte por parte del Estado nacional.

Fallo: La Corte Suprema lo confirmó por unanimidad y rechazó una cautelar.

Más allá de ese expediente -que alcanza a unos 14 jueces y funcionarios judiciales-, un número mayor de oficiales de la Justicia de todo el país había canalizado el mismo reclamo por vía administrativa. La reforma del impuesto a las ganancias de 2016 había definido que los jueces y empleados del Poder Judicial que ganen más que el mínimo no imponible debían tributar, siempre y cuando hayan sido designados en sus cargos a partir de enero de 2017. La norma alcanza no sólo a los que hayan ingresado a la Justicia hace casi dos años, sino también a los empleados de mayor trayectoria que hayan sido nombrados en un puesto distinto al que desempeñaban (por ganar un concurso o ser ascendidos, por ejemplo).

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