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Intentó viajar con 500 mil dólares y la plata irá a la lucha contra el COVID

Un ciudadano boliviano quiso regresar a su país en avión, pero descubrieron que llevaba una enorme suma de dinero y, al no poder explicar su procedencia fue detenido. Ocurrió en 2008.

Allá por agosto del año 2008, un ciudadano boliviano se encontraba en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza dispuesto a regresar al país, pero antes de abordar el vuelo, el hombre pasó por los controles de la Aduana. Allí la Policía de Seguridad Aeroportuaria detectó que el ciudadano boliviano llevaba en un bolso nada más y nada menos que medio millón de dólares, ante la sorpresa del personal policial, comenzaron las indagaciones. Como el hombre no puedo justificar la procedencia del dinero, quedó en manos de la Justicia.

Aunque el insólito hecho ocurrió hace 13 años, la lentitud de la Justicia Argentina hizo que recién ahora se reactive. La resolución da por prescripta la acción penal pero que acelera un proceso que impacta en un fin productivo, benéfico, a partir de la aplicación de un artículo.

La causa está La Sala II de la Cámara Federal de La Plata rechazó el 28 de abril pasado el recurso de apelación interpuesto por la defensa y confirmó la resolución que dispuso el decomiso de manera definitiva y con fines sociales reparatorios de 503.114 dólares secuestrados en el marco de una investigación por lavado de activos, los cuales serán transferidos en su mayor parte a la Facultad de Medicina de la Universidad de Buenos Aires (UBA), mientras que 25 mil dólares serán destinados a la Asociación Cooperadora del Hospital Muñiz, el principal centro de infectología del país.

Policía de Seguridad Aeroportuaria.

El caso no puede avanzar a juicio oral porque se encontraría prescripto. La resolución del tribunal de alzada platense ratificó así la decisión que había adoptado el Juzgado Federal N°1 de Lomas de Zamora el 15 de abril de 2020 en los términos del artículo 305 del Código Penal, en línea con lo solicitado por la titular de la Fiscalía Federal Nº 2 de Lomas de Zamora, Cecilia Incardona, quien cuenta en este caso con la colaboración de la Dirección General de Recuperación de Activos y Decomiso de Bienes (DGRADB) de la Procuración General de la Nación, a cargo de Carmen Chena.

El artículo 305 del Código Penal -incorporado por una reforma legislativa de 2011 y cuya operatividad retroactiva en este caso fue requerida por la fiscalía y validada por las dos instancias judiciales- establece en su segundo párrafo que "en operaciones de lavado de activos, serán decomisados de modo definitivo, sin necesidad de condena penal, cuando se hubiere podido comprobar la ilicitud de su origen, o del hecho material al que estuvieren vinculados, y el imputado no pudiere ser enjuiciado por motivo de fallecimiento, fuga, prescripción o cualquier otro motivo de suspensión o extinción de la acción penal, o cuando el imputado hubiere reconocido la procedencia o uso ilícito de los bienes".

El tercer párrafo de ese artículo agrega que "los activos que fueren decomisados serán destinados a reparar el daño causado a la sociedad, a las víctimas en particular o al Estado. Sólo para cumplir con esas finalidades podrá darse a los bienes un destino específico".

Aeropuerto Internacional de Ezeiza.

En este sentido, el juzgado federal había dispuesto el decomiso de manera “definitiva y con fines sociales reparatorios” y transferir parte del dinero a la Facultad de Medicina de la UBA, “a fin de que adquiera los kits reactivos, insumos y/o equipamientos que resulten necesarios para colaborar en la extensión del diagnóstico de la infección por COVID-19, siendo ésta una tarea fundamental para el control efectivo de la pandemia de acuerdo a la OMS”.

También se había dispuesto destinar 25 mil dólares a la Cooperadora del Hospital Francisco J. Muñiz Asociación Civil para la adquisición de los bienes o insumos necesarios para enfrentar la emergencia sanitaria declarada en nuestro país.

Al solicitar el decomiso de las divisas, la fiscalía había señalado que “teniendo en consideración las particulares y excepcionales circunstancias sanitarias que son de público conocimiento, y que generan un riesgo cierto de colapso al sistema de salud de nuestro país, destinar los fondos decomisados a la lucha contra la pandemia del virus COVID-19 es la solución que mejor se adecúa a la función reparatoria del decomiso”.

"Destinar los fondos decomisados a la lucha contra la pandemia del virus COVID-19 es la solución que mejor se adecúa a la función reparatoria del decomiso", sostuvo la fiscalía en su pedido.

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