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Multas por radares: cuánto salen y cómo se pueden reclamar

En verano la circulación vehicular crece y hay cinco municipios de Río Negro con radares autorizados para aplicar multas por altas velocidades.

Se acabó la discusión sobre los radares en Río Negro y desde que la Legislatura provincial decidió regular el polémico tema, ahora está claro cuáles son los municipios que cumplieron con el procedimiento para multar a quienes exceden las velocidades permitidas. Conocer qué valor tienen las multas y cómo hacer los descargos, es clave para actuar en caso de recibir la sanción.

La Legislatura de Río Negro sancionó en 2024 la ley 5.726 que regula el funcionamiento de los radares de velocidad en todas las rutas existentes del territorio, y para ello se reglamentó desde el Poder Ejecutivo provincial la norma a fin de conseguir su correcta aplicación. La norma fija las reglas para la instalación de radares tanto para la Provincia como para los municipios y suspendió durante meses el cobro de multas.

Los municipios que hasta el momento pueden radarizar los controles de velocidad y aplicar sanciones a los infractores son Dina Huapi (rutas 23 y 40), Bariloche (ruta 40 y Bustillo), El Bolsón, Contralmirante Cordero y General Conesa en la ruta nacional 251. Los cinco municipios cuentan con radares homologados ante la autoridad de aplicación y en las proximidades del dispositivo de control debe existir la cartelería vindicatoria que advierta sobre las velocidades máximas y la presencia de radares.

Los valores de las multas y sus vencimientos

Los valores de las multas para los infractores oscilan los 130 mil pesos. Para quienes decidan hacer el pago por adelantado, ese monto se reduce a 65 mil pesos.

Para el caso de actas de infracción labradas manualmente, el vencimiento para el pago voluntario con el beneficio del descuento del 50 % sobre el mínimo de la multa, se produce a los treinta (30) días corridos, contados desde su confección. En tanto, para las actas de infracción labradas por dispositivos automáticos o semiautomáticos de control de tránsito, en la modalidad sin detención del vehículo, el vencimiento del pago voluntario con el descuento referido está impreso en la notificación y opera a los sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de su emisión.

Reclamos por multas

El descargo por fotomultas es un trámite personal. Debe realizarse por escrito ante las oficinas de Faltas municipales y presentarse en forma personal o por carta documento.

En caso de haber abonado la multa y requerir la restitución del dinero, deberá realizar su reclamo ante el Juzgado de Faltas del Municipio adjuntando copias de: la infracción, el DNI y la constancia de pago (recibo, transferencia bancaria, etc.). Ante la falta de respuesta o negativa, el reclamo debe hacerse por la vía judicial.

También puede realizar su consulta a la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante un correo electrónico a [email protected] adjuntando copia de la infracción.

La intervención de la Defensoría del Pueblo es la de articular derivando el reclamo a los municipios y poniendo en conocimiento a la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

La Defensoría del Pueblo no tiene competencias para anular las multas, ni para realizar el patrocinio letrado de los particulares damnificados. Además, la presentación del reclamo en la Defensoría del Pueblo no interrumpe los plazos legales para realizar el descargo ante los municipios, conforme al Art. 19 de la Ley K 2756.

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