Ordenan no reanimar cruentamente a un enfermo terminal
La resolución fue dictada por el juez Marcelo Bergia, titular del Juzgado Civil Nro. 9, que ordena no realizar al paciente métodos de reanimación cruentos en caso de que sufra un paro cardiorrespiratorio.
En su fallo, el juez expresa, en primer término, haber hecho lugar a la demanda, y en consecuencia ordena que "en caso en que el menor haga un paro cardiorrespiratorio con motivo de su enfermedad neurológica se intenten solo maniobras de resucitación básica como masaje cardíaco y colocación de máscara de oxígeno".
Al mismo tiempo, la resolución obliga a que no se intenten técnicas como electroshock, traqueotomía, entubación con ventilación endotraqueal o inyección intracardíaca.
"El fallo es inédito en Rosario y en la provincia; sólo se conoce un caso similar en la provincia de Neuquén", sostuvo hoy la abogada de la familia del enfermo, Marisa Malvestiti.
La abogada precisó que el paciente se encuentra en estado terminal "con
una patología que es irreversible e incurable".
El joven padece esta enfermedad desde su nacimiento y está internado en el hogar Santa Cecilia, donde recibe atención las 24 horas.
"Está postrado y recibe alimentación asistida. El
pedido fue presentado por todos los miembros de su familia, sus padres y dos
hermanas, una mayor y otra menor de edad", precisó la abogada.
De acuerdo con la abogada de la familia, esta decisión judicial tiene en cuenta
el hecho de que el "muchacho responde a los estímulos de dolor y aplicarle
estos métodos le generarían un padecimiento físico terrible que no mejoraría su
situación".
Malvestiti aseguró, además, que el joven "ha superado el tiempo de vida
estimado para el tipo de pacientes con estas patologías, precisamente por los
cuidados que se le han brindado".
Por estos motivos, en el fallo, el juez sostiene que ante cualquier emergencia
se derive al paciente en forma inmediata a la guardia del Sanatorio Parque
"sin previa consulta sobre su admisión".
Es que, según consta en el fallo, la patología del menor es muy compleja y
siempre fue atendido en esa clínica, "donde siempre tiene un lugar
disponible, tal como la propia médica tratante lo afirmó"
La abogada Malvestiti destacó que en la resolución del juez Bergia se citan
documentos de
Para más información sobre el caso neuquino, consulte La Mañana del Neuquén del 29 de mayo de 2006, disponible en la sección "ediciones impresas" de esta página. (TELAM).-


