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Impuesto a las Ganancias febrero 2025: desde qué monto paga un casado con un hijo

Tras la última resolución de la ARCA, se supo a partir de qué monto paga un casado con un hijo el Impuesto a las Ganancias en febrero de 2025.

El Impuesto a las Ganancias es un gravamen que, como su propio nombre lo indica, se aplica sobre las ganancias obtenidas por una persona física o empresa a lo largo de un año fiscal. Existe un mínimo no imponible que está relacionado con el nivel del ingreso y todas las deducciones personales permitidas, como por ejemplo las personas a cargo. ¿Desde qué monto paga un casado con un hijo en febrero de 2025?

Según la normativa vigente, los trabajadores se encuentran comprendidos en la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias. Esta incluye a los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados, entre otros. Así lo subraya la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) en un artículo titulado Conceptos Básicos, en el cual precisa que las "ganancias de cuarta categoría son las obtenidas por el trabajo personal".

Impuesto a las ganancias.
Los trabajadores se encuentran comprendidos en la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias.

Los trabajadores se encuentran comprendidos en la cuarta categoría del impuesto a las Ganancias.

Un trabajador casado con un hijo que perciba una remuneración neta de 2.505.202 pesos (correspondiente a un ingreso bruto mensual de 3.000.000 pesos) deberá pagar el Impuesto a las Ganancias en febrero de 2025.

De acuerdo a lo publicado por el sitio especializado El Blog del Contador, la escala del Impuesto a las Ganancias para trabajadores casados -que incluye los valores mencionados más arriba- rige para el período semestral comprendido entre enero y junio de 2025.

Cabe destacar que, actualmente, son cuatro las categorías del Impuesto a las Ganancias en 2025: rentas del suelo; rentas financieras; ganancias de las sociedades y empresas unipersonales y trabajo personal.

A través del enlace https://www.arca.gob.ar/gananciasYBienes/ganancias/personas-humanas-sucesiones-indivisas/deducciones/documentos/Deducciones-personales-art-30-enero-junio-2025.pdf, es posible verificar los alcances de la última resolución de la ARCA en lo concerniente al Impuesto a las Ganancias para el período enero a junio de 2025.

Es importante subrayar que, según la ARCA, aquellos trabajadores comprendidos en la cuarta categoría del Impuesto a las Ganancias pueden realizar algunas deducciones, que corresponden a cargas de familia (hijos y conyúge a cargo), alquiler de casa para vivienda permanente (hasta el 10% del valor), medicina prepara, gastos médicos, cuotas de colegios privados, seguros de vida y retiro, donaciones y pagos al servicio doméstico.

Así, para anotar al cónyuge a cargo, la persona no debe poseer ingresos propios superiores a los $3 millones anuales. Asimismo, de cara a las deducciones previstas en el pago del Impuesto a las Ganancias, también pueden anotarse los hijos de hasta 18 años o mayores en caso de que se encuentren incapacitadas para trabajar.

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Un trabajador casado con un hijo que perciba una remuneración neta de 2.505.202 pesos (correspondiente a un ingreso bruto mensual de 3.000.000 pesos) deberá pagar el Impuesto a las Ganancias en febrero de 2025.

Un trabajador casado con un hijo que perciba una remuneración neta de 2.505.202 pesos (correspondiente a un ingreso bruto mensual de 3.000.000 pesos) deberá pagar el Impuesto a las Ganancias en febrero de 2025.

En relación a lo mencionado en el párrafo precedente, la ARCA -en función de la liquidación del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría que engloba a los trabajadores en relación de dependencia-, publicó en su sitio web el modelo del Formulario 1359, que será de uso obligatorio para el período fiscal 2025.

Es oportuno reseñar que, en octubre de 2024, la ARCA había efectuado las anteriores actualizaciones en los tramos de las escalas del artículo 94 y las deducciones del artículo 30 del Impuesto a las Ganancias, aplicables a las remuneraciones percibidas desde el 1ro de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2024.

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